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La pena capital en el judaísmo

La pena capital en la ley judía tradicional ha sido definida en códigos de derecho judío que datan de la época medieval, basados ​​en un sistema de leyes orales contenidas en el Talmud de Babilonia y Jerusalén , siendo la fuente principal la Biblia hebrea . En la ley judía tradicional hay cuatro tipos de pena capital: a) lapidación , b) quema mediante la ingestión de plomo fundido, c) estrangulamiento y d) decapitación , siendo cada uno el castigo por delitos específicos. Excepto en casos especiales en los que un rey puede dictar la pena de muerte, la pena capital en la ley judía no puede decretarse sobre una persona a menos que haya un mínimo de veintitrés jueces ( Sanedrín ) fallando en el juicio de esa persona que, por mayoría de votos, dicten la sentencia de muerte, y donde haya habido al menos dos testigos competentes que testifiquen ante el tribunal que han visto al litigante cometer el delito. Aun así, la pena capital no comienza en la ley judía hasta que el tribunal que juzgaba en este caso había emitido la sentencia de muerte desde un lugar específico (antes, la Cámara de Piedra Tallada ) en el Monte del Templo en la ciudad de Jerusalén . [1]

Historia

La historia de la pena capital y la pena corporal en el judaísmo es compleja y ha sido objeto de un amplio debate. La Biblia y el Talmud especifican la pena capital mediante las «Cuatro Ejecuciones de la Corte» (lapidación, quema, decapitación y estrangulación) para las transgresiones más graves [2] , y la pena corporal de flagelación para las transgresiones intencionales de mandamientos negativos que no incurran en una de las Cuatro Ejecuciones. Según la ley talmúdica, la autoridad para aplicar la pena capital cesó con la destrucción del Segundo Templo [ 2] [3] La Mishná afirma que un Sanedrín que ejecuta a una persona cada siete años (o setenta años, según Eleazar ben Azarías ) se considera sanguinario [4] [5] Durante la Antigüedad tardía , la tendencia a no aplicar la pena de muerte en absoluto se volvió predominante en los tribunales judíos. [6] En la práctica, cuando los tribunales judíos medievales tenían el poder de dictar y ejecutar sentencias de muerte, continuaron haciéndolo por delitos particularmente graves, aunque no necesariamente los definidos por la ley. [2] Si bien se reconoció que el uso de la pena capital en la era posterior al Segundo Templo iba más allá de la justificación bíblica, los rabinos que lo apoyaban creían que podía justificarse por otras consideraciones de la ley judía. [7] [8] Si las comunidades judías alguna vez practicaron la pena capital según la ley rabínica, y si los rabinos de la era talmúdica alguna vez apoyaron su uso incluso en teoría, ha sido un tema de debate histórico e ideológico. [9]

Maimónides, erudito judío del siglo XII, afirmó que «es mejor y más satisfactorio absolver a mil personas culpables que condenar a muerte a una sola inocente». [10] Maimónides sostenía que ejecutar a un acusado sin tener una certeza absoluta conduciría a una pendiente resbaladiza en la que la carga de la prueba sería cada vez menor, hasta que las condenas quedarían en manos del «capricho del juez». A Maimónides le preocupaba la necesidad de que la ley se protegiera a sí misma ante la percepción pública, preservara su majestad y conservara el respeto del pueblo. [11]

La posición de la ley judía sobre la pena capital ha sido a menudo la base de las deliberaciones de la Corte Suprema de Israel. El sistema judicial israelí sólo la ha aplicado en dos ocasiones, en los casos de Adolf Eichmann [8] y Meir Tobianski .

La pena capital en las fuentes clásicas

En el Pentateuco

Sefer Torá

La institución de la pena capital en la ley judía se define en la Ley de Moisés (Torá) en varios lugares. La Ley Mosaica prevé la pena de muerte para aquellas personas condenadas por los siguientes delitos:

En el judaísmo rabínico

Ilustración en la enciclopedia de 1883 del antiguo consejo del Sanedrín judío

El principal tratado del Talmud que trata estos casos es el Tratado Sanhedrin .

Los casos relativos a delitos punibles con la muerte son decididos por 23 jueces. [34] La razón de este número impar es que los primeros rabinos habían aprendido que se necesitan al menos 10 jueces para condenar a un hombre, y otros 10 jueces para absolver a un hombre, y que el tribunal, al ser desigual, dará como resultado un veredicto emitido por mayoría de votos. [35] Había regulaciones estrictas en cuanto a cómo se debían seleccionar estos jueces, en función de su sexo, edad y posición familiar. Por ejemplo, no podían nombrar a un juez que no tuviera hijos propios, porque se pensaba que sería menos misericordioso con los hijos de otros hombres. [36] Tampoco podían elegir a un juez que no fuera varón, mediante un edicto, [37] [38] y lo que otros dicen que era debido a la ligereza y temeridad del otro sexo. [39] Tampoco podían admitir el testimonio de mujeres en un tribunal de derecho judío donde la pena de muerte dependía del acusado. [40] [41] [42] [43]

La dureza de la pena de muerte indicaba la gravedad del delito. Los filósofos judíos sostienen que el objetivo del castigo corporal era recordar a la comunidad la naturaleza severa de ciertos actos. Por eso, en la ley judía, la pena de muerte es más un principio que una práctica. Las numerosas referencias a la pena de muerte en la Torá subrayan la gravedad del pecado, más que la expectativa de muerte. Esto se ve reforzado por los estándares de prueba requeridos para la aplicación de la pena de muerte, que eran extremadamente estrictos. [44] La Mishná resume las opiniones de varios rabinos destacados del siglo I d.C. sobre el tema:

“Un Sanedrín que condena a muerte a un hombre una vez cada siete años se llama asesino. Rabí Eliezer ben Azarías dijo: “O incluso una vez cada 70 años”. Rabí Tarfón y Rabí Akiba dijeron: “Si hubiéramos estado en el Sanedrín, nunca se habría dictado sentencia de muerte”; Rabán Simeón ben Gamaliel dijo: “Si así fuera, se habrían multiplicado los asesinos en Israel”. [45] [46]

El Talmud señala que "cuarenta años antes de la destrucción del [Segundo] Templo, la pena capital cesó en Israel". [47] Esta fecha se sitúa tradicionalmente en el año 28 d. C. , un tiempo que corresponde al año 18 del reinado de Tiberio . En ese momento, el Sanedrín requería la aprobación del procurador romano de Judea antes de poder castigar a cualquier malhechor con la muerte. Otras fuentes, como Josefo, no están de acuerdo. El tema es muy debatido debido a su relevancia para el juicio de Jesús en el Nuevo Testamento . [48] [49] A los rabinos antiguos no les gustaba la idea de la pena capital e interpretaron los textos de una manera que hizo que la pena de muerte fuera prácticamente inexistente.

Los procedimientos judiciales que implicaban la pena capital debían manejarse con extrema cautela. En todos los casos de pena capital en la ley judía, los jueces deben iniciar sus deliberaciones señalando las buenas cualidades del litigante y planteando argumentos sobre por qué debería ser absuelto. [50] [51] Solo más tarde escuchaban las pruebas incriminatorias. Era casi imposible infligir la pena de muerte porque los estándares de prueba eran muy altos. Como resultado, las condenas por delitos capitales eran raras, pero ocurrían en el judaísmo. [52] [53] [54] Los estándares de prueba en los casos capitales incluyen:

Cuando la pena de muerte estaba justificada pero el tribunal no tenía jurisdicción para dictarla, como cuando no había dos o más testigos, el tribunal tenía autoridad para encerrar al individuo condenado en una cúpula o una estructura confinada similar y alimentarlo con escasas porciones de pan y agua hasta que muriera. [57]

Meguilat Taanit

Según una enseñanza oral que aparece en Meguilá Taanit , los cuatro modos de ejecución utilizados anteriormente en la ley judía eran en su mayoría prácticas transmitidas oralmente que no estaban explícitamente establecidas en la Ley Escrita de Moisés, aunque algunos modos de castigo sí lo están. Meguilá Taanit registra que "El cuarto [ día] del [mes lunar] Tamuz , el libro de decretos había sido purgado ( עדא ספר גזרתא ‎)". El comentario hebreo (scholion) sobre esta línea aporta dos explicaciones diferentes de este evento; según una de las explicaciones, el "libro de decretos" fue compuesto por los saduceos y utilizado por ellos como prueba sobre los cuatro modos de pena capital; los fariseos y rabinos preferían determinar los castigos mediante la interpretación de las escrituras transmitida oralmente. [58]

Modos de castigo

Monumento a Maimónides en Córdoba, España

El tribunal tenía el poder de infligir cuatro tipos de pena de muerte: lapidación , quema, decapitación y estrangulamiento . [59]

Los diez mandamientos

Para algunos delitos, la Biblia especifica qué forma de ejecución se debe utilizar. La blasfemia, la idolatría, la violación del sábado, la brujería, la prostitución de una virgen desposada o el engaño a su marido en el matrimonio sobre su castidad (Deut. 22:21), y el hijo rebelde se castigan con la muerte por lapidación ; el matrimonio bígamo con la madre de la esposa y la prostitución de la hija de un sacerdote se castigan con la hoguera; la apostasía comunitaria se castiga con la espada.

En lo que respecta a todos los demás delitos capitales, la ley ordena que el autor muera de muerte violenta, añadiendo ocasionalmente la expresión: "Su sangre será sobre él (ellos)". Esta expresión se aplica a la muerte por lapidación.

La Biblia habla también de ahorcamiento (Deut. 21:22), pero (según la interpretación rabínica) no como un modo de ejecución, sino más bien de exposición después de la muerte. [60] [61]

A continuación se presenta una lista elaborada por Maimónides de los delitos castigados con cada forma de pena capital: [62]

Castigo por lapidación

El que profana el sábado apedreado. Impresión artística del episodio narrado en Números 15. James Tissot c.  1900

La pena de muerte por lapidación (סקילה, skila ) se aplicaba a quienes cometían uno de dieciocho delitos, entre los que se encontraban aquellos que transgredían deliberadamente el día de reposo quebrantando sus leyes (excluidos aquellos que pudieran haber quebrantado las leyes del sábado sin intención), así como los hombres que tenían una relación licenciosa con otro hombre. [63] La lapidación se administraba arrojando al condenado desde una altura, normalmente el doble de la altura de una persona media, para que cayera al suelo. Si la caída no provocaba la muerte, se dejaba caer una piedra grande sobre el pecho de la persona. Si esto tampoco provocaba la muerte, los transeúntes continuaban arrojando piedras hasta que la persona muriera. [64]

Castigo por quema

La muerte en la hoguera (שריפה, serefah ) se aplicaba a diez delitos, entre ellos la prostitución y las relaciones bígamas con la esposa y la madre de uno. [63] Los perpetradores no eran quemados en la hoguera, sino que se les vertía plomo fundido por el esófago . Alternativamente, la quema se infligía después de que el perpetrador hubiera sido apedreado, un precedente que se estableció en la lapidación de Acán . [65]

Según la Halajá , este castigo se lleva a cabo vertiendo metal fundido ( plomo o una mezcla de plomo y estaño ) en la garganta, en lugar de quemarlo en la hoguera .

Castigo por la espada

La pena de muerte por espada (הרג, hereg ) se dictaba en dos casos: por asesinato injustificado y por apostasía comunitaria ( idolatría ). Los autores de estos crímenes eran decapitados. [63]

Castigo por estrangulamiento

La muerte por estrangulamiento (חנק, chenek ) fue dictada para seis delitos, entre ellos el de un hombre que tenía una conexión prohibida con la esposa de otro hombre (adulterio) y una persona que causaba deliberadamente lesiones (moretones) a uno de sus padres. [61]

Actitudes contemporáneas hacia la pena capital

Los tribunales rabínicos han renunciado a la facultad de infligir cualquier tipo de castigo físico, y la administración de esos castigos ha quedado en manos del sistema judicial civil. La institución moderna de la pena de muerte, al menos tal como se practica en los Estados Unidos, cuenta con la oposición de las principales organizaciones rabínicas del judaísmo ortodoxo, conservador y reformista. [66] [67] En una encuesta de 2014, el 57 por ciento de los judíos encuestados dijo que apoyaba la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional por la pena de muerte para las personas condenadas por asesinato. [68]

Judaísmo ortodoxo

El rabino ortodoxo Aryeh Kaplan escribió:

"En la práctica, ... estos castigos casi nunca se invocaban, y existían principalmente como un elemento disuasorio y para indicar la gravedad de los pecados para los cuales se prescribían. Las reglas de prueba y otras salvaguardas que la Torá proporciona para proteger al acusado hacían casi imposible invocar realmente estas penas... el sistema de castigos judiciales podía volverse brutal y bárbaro a menos que se administrara en una atmósfera de la más alta moralidad y piedad. Cuando estos estándares declinaron entre el pueblo judío, el Sanedrín... abolió voluntariamente este sistema de penas. [69]

Por otra parte, el rabino Moshe Feinstein , en una carta al entonces gobernador de Nueva York, Hugh Carey , afirma: "Quien asesina porque la prohibición de matar no tiene sentido para él, y es especialmente cruel, y así también cuando proliferan asesinos y personas malvadas, ellos [los tribunales] [¿deberían?] juzgar [la pena capital] para reparar el problema [y] prevenir el asesinato – porque esta [acción del tribunal] salva al estado". [70]

Según Yaakov Elman , el encarcelamiento de criminales era sumamente costoso en las condiciones materiales de la sociedad antigua, lo que significaba que la pena de muerte y otros castigos corporales eran las únicas opciones disponibles para los delitos graves. Por lo tanto, el uso de la pena de muerte en la sociedad antigua no implica necesariamente que la tradición judía la prefiera en la sociedad moderna rica. [71]

Judaísmo conservador

En el judaísmo conservador , la pena de muerte fue objeto de una respuesta de su Comité de Leyes y Normas Judías , que ha dejado constancia de su oposición a la institución moderna de la pena de muerte:

"El Talmud excluía la admisibilidad de pruebas circunstanciales en casos que implicaban un crimen capital. Se requerían dos testigos que testificaran que vieron la acción con sus propios ojos. Un hombre no podía ser declarado culpable de un crimen capital por su propia confesión o por el testimonio de miembros inmediatos de su familia. Los rabinos exigían una condición de fría premeditación en el acto del crimen antes de sancionar la pena de muerte; la prueba específica en la que insistían era que el criminal fuera advertido antes del crimen, y que el criminal indicara, respondiendo a la advertencia, que era plenamente consciente de su acto, pero que estaba decidido a llevarlo a cabo. En efecto, esto eliminó la aplicación de la pena de muerte. Los rabinos eran conscientes de esto, y declararon abiertamente que encontraban la pena capital repugnante para ellos... Hay otra razón que aboga por la abolición de la pena capital. Es el hecho de la falibilidad humana. Con demasiada frecuencia, nos enteramos de personas que fueron condenadas por delitos, y sólo más tarde se descubren nuevos hechos por los que se demuestra su inocencia. "Se ha establecido la pena capital. Las puertas de la cárcel pueden abrirse; en tales casos, podemos reparar parcialmente la injusticia. Pero los muertos no pueden volver a la vida. Consideramos que todas las formas de pena capital son bárbaras y obsoletas". [72]

Judaísmo reformista

Desde 1959, la Conferencia Central de Rabinos Americanos y la Unión para el Judaísmo Reformista se han opuesto formalmente a la pena de muerte. La Conferencia Central también resolvió en 1979 que "tanto en concepto como en la práctica, la tradición judía consideraba repugnante la pena capital", y no hay pruebas convincentes "de que la pena capital sirva como elemento disuasorio del delito". [73]

Judaísmo humanista

El judaísmo humanista no tiene una política sobre el uso de la pena de muerte. [74]

Véase también

Notas

  1. ^ Siguiendo a Vered Noam, Megillat Taanit – El Rollo del Ayuno; los manuscritos variantes dicen el día 10 o 14

Referencias

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  3. ^ "En un momento en que no hay sacerdote [sirviendo en el Templo], no hay juicio [de casos capitales]". Sanh. 52b.
  4. ^ Louis Isaac Rabinowitz (2008). "La pena capital. En la práctica en el Talmud". Enciclopedia Judaica . El Grupo Gale. De manera similar, el pasaje en Mishnah Makkot 1:10: "Un Sanedrín que condena a muerte a un hombre una vez cada siete años se llama asesino. R. Eleazar ben Azariah dice: 'O incluso una vez cada 70 años'. R. Tarfon y R. Akiva dijeron: 'Si hubiéramos estado en el Sanedrín, nunca se habría dictado ninguna sentencia de muerte'; Rabban Simeon b. Gamaliel dijo: 'Si así fuera, habrían multiplicado los asesinos en Israel'.
  5. ^ Menachem Elon (2008). "La pena capital. En el Estado de Israel". Enciclopedia Judaica . The Gale Group. Esto se refiere a la afirmación de la Mishná (Mak. 1:10; Mak. 7a) de que un Sanedrín que mata (da la pena de muerte) una vez cada siete años (R. Eleazer b. Azariah dijo: una vez cada 70 años) se llama "sangriento" (ḥovlanit, el término "ḥovel" generalmente implica un tipo de herida en la que hay sangre).
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Lectura adicional