A lo largo de la historia, los gobernadores han cambiado abruptamente, sin terminar los períodos para los cuales fueron designados en un principio.Esto se debe a las intervenciones provinciales que se hicieron tanto por gobiernos militares como democráticos, además de la renuncia frecuente de los mismos gobernadores.La situación se ha estabilizado recién con el retorno de la democracia en 1983, por un período establecido en cuatro años.Según la actual constitución vigente en la provincia, el gobernador puede ser reelegido inmediata e indefinidamente, cláusula que rige desde el segundo gobierno de Gildo Insfrán.Ser argentino, nativo, por opción o naturalizado con quince años en el ejercicio efectivo de la ciudadanía.Expedir las instrucciones, reglamentos y decretos necesarios para la ejecución de las leyes, no pudiendo alterar su contenido ni espíritu.El balance que con tal motivo se formule será publicado, cuando menos, en un diario local y en el boletín oficial de la Provincia publicará también en igual forma, al final de cada trimestre, un resumen claro y explicativo de los ingresos e inversiones que hayan tenido lugar durante el mismo.Proponer, para su nombramiento por la Legislatura, los funcionarios y magistrados cuya forma de designación establece esta Constitución por sí solo nombrar los ministros y demás empleados cuya designación no esté sometida a otra autoridad.Celebrar contratos con empresas particulares o para objeto de utilidad pública.El Gobernador no podrá expedir órdenes ni decretos sin la firma, por lo menos, de un ministro.Conceder indultos y conmutar penas por delitos sujetos a jurisdicción provincial, previo informe del Superior Tribunal, en la forma y en los casos que determine la ley.