Título II de la Constitución de Ecuador de 2008

El título declara un catálogo de derechos fundamentales que ratifican aquellos que previamente han sido garantizados a través de instrumentos internacionales.

En primer lugar, se estipula que los titulares de los derechos -garantizados tanto en la constitución ecuatoriana, como en los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado ecuatoriano- son todas personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y grupos sociales dentro del territorio nacional.

También se establece a la naturaleza como sujeto de derecho.

[3]​ La primera clase de derechos reconocidos en la constitución ecuatoriana vigente son los del buen vivir o sumak kawsay, los cuales se alinean a los derechos humanos de segunda generación (económicos, sociales y culturales), basándose previamente en costumbres locales, principalmente de las comunidades indígenas.

El primer derecho reconocido en este catálogo es el de agua y alimentación.