[3] El nombre civil presúmese constituido para toda la vida del individuo y, apósela, como registro de su existencia.
Por su importancia primordial, es objeto de varias garantías, como: inmutabilidad, imprescriptibilidad, inalienabilidad, inestimabilidad, irrenunciabilidad y, finalmente, intransmisibilidad.
Esta regla sufre algunas excepciones, más o menos rígidas conforme a cada legislación nacional.
Otras hipótesis abarcan la incorporación de apodos (por ejemplo, Luís Inácio "Lula" da Silva, Maria das Graças "Xuxa" Meneghel[5] etc.), adquiridos por Usucapión (como las exesposas que, habiéndose hecho famosas con el sobrenombre de los exmaridos, permanecen con su apodo como: Luiza Brunet, Márcia Goldschmidt).
Por otro lado, el valor del nombre civil es inestimable, es decir, es imposible atribuirle un valor, al contrario de lo que ocurre con las marcas comerciales.