Procedimiento legislativo en Chile

De aprobarse el proyecto de ley con indicaciones, es enviado nuevamente a la comisión para que se estudie en sus aspectos particulares e incluir en el análisis las indicaciones efectuadas en la Cámara.

Esto ocasiona un segundo informe de comisión, el cual debe ser discutido y votado por la sala.

La Cámara de Origen debe discutirlas, aprobarlas y/o rechazarlas en su totalidad o parcialmente.

La parte del informe que es aprobada por ambas corporaciones se integra al proyecto aprobado por ambas cámaras en los trámites anteriores, y todo este texto es enviado al Ejecutivo para su sanción y promulgación como Ley.

Estas observaciones presidenciales deben tener relación directa con las ideas fundamentales del proyecto, a menos que hubiesen sido consideradas en el mensaje respectivo.

Si ambas Cámaras aprueban las observaciones, el proyecto es devuelto al Ejecutivo para su promulgación como ley.

Si las dos Cámaras rechazan todas o alguna de las observaciones del Presidente, e insistieren, por los dos tercios de sus miembros presentes, en la totalidad o parte del proyecto aprobado por ellas, se devolverá el proyecto al Ejecutivo, el que debe promulgarlo como ley.

Ambas cámaras reciben el oficio de respuesta a este control de constitucionalidad que contiene la sentencia que determina si las normas se ajustan o no a nuestra carta fundamental.

Un escritorio en el hemiciclo del Senado . En votación, el proyecto de ley de la píldora del día después .
Sesión de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, en el trámite de la Ley de identidad de género .
El Tribunal Constitucional, en la audiencia que fallaría a favor del proyecto de despenalización del aborto en tres causales .
La Presidenta Michelle Bachelet promulga la reforma que establece un sistema electoral proporcional , en reemplazo del sistema binominal .