Policía local de España

[2]​ Policía Local, Guardia Urbana y Policía Municipal son diferentes denominaciones para la misma institución de Cuerpo de Policía Local, lo único que difiere es el nombre tradicional con el que cada municipio denomina a estos cuerpos, por lo que se suele usar tanto el término municipal, urbano como local.

Cada Ayuntamiento puede ampliar las competencias de sus policías locales con base en los requerimientos del municipio.

Actualmente, todos los que superan esta población tienen policía local y algún otro más pequeño, por autorización excepcional de la Generalidad, también.

En concreto, es en la Ley 16/1991 de las Policías Locales catalanas donde se desarrolla toda su competencia.

[6]​ Cada policía local es un cuerpo único, bajo la dirección superior del Alcalde, aunque el mando directo la ejerce la cabeza del cuerpo que es el mando policial de mayor graduación.

Esto a menudo se malinterpreta con un carácter de subordinación o auxilio.

Dedicación profesional Deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se halleren o no de servicio, en defensa de la Ley.

Cada cuerpo local depende económicamente de su Ayuntamiento, por lo que existen nóminas muy dispares.

Como en el caso de los sueldos, cada comunidad o corporación puede modificar los requisitos de ingreso a sus policías locales, por lo que la respuesta será diferente según qué municipio comparemos.

Cada corporación local puede poner el nombre que más se adapte a sus tradiciones históricas.

Vehículos de la Policía Municipal de Madrid con la nueva rotulación del Cuerpo.
Antiguo vehículo patrulla de la Guardia Urbana de Barcelona .
Radio Patrulla Policía Municipal de Bilbao País Vasco con las denominaciones en Euskera .
Vehículo de la Policía Municipal de Mollet del Vallés ( Barcelona )
Comparación de requisitos de acceso a la PN/PMM/GC