En 1906 el cuerpo de la Guardia Municipal estaba totalmente desorganizado y en plena decadencia.
Las disposiciones legales anticuadas, pero vigentes, impedían a los Ayuntamientos jubilar las fuerzas armadas -la Guardia Municipal tenía carácter militar- y el Alcalde no quería decretar el cese de los componentes que no estaban en condiciones de prestar servicio por razones de humanidad.
Este hecho los ponía en condiciones de derechos pasivos, dejaban de depender del Alcalde y pasaban a ser funcionarios municipales con todos los derechos que el Ayuntamiento les tenía reservados.
La Guardia Municipal continuó, en estos aspectos, dependiendo directamente de la alcaldía.
En el reglamento de su creación decía: "Deberá conservar cuidadosamente el estado de los servicios públicos en su zona, dando cuenta inmediatamente de cualquier deficiencia o particularidad que observara en el pavimento, farolas, arbolado, aceras, es decir, cuantos servicios hacen referencia a la vía pública".
En este periodo, la Guardia Urbana desarrolló su estructura y la potenció en torno al gran auge que empezaba a tener el automóvil.
En 1953, la unidad montada de la Guardia Urbana hizo su primera salida internacional en París.
Su misión era patrullar las calles al servicio del ciudadano que hacía un requerimiento, auxiliar en los accidentes que se producían en la ciudad y recuperar los vehículos robados, entre otros.
En 1958, se estableció la primera zona verde de la ciudad en la Vía Layetana, actual calle Pau Clarís.
Estas mujeres fueron agrupadas en una sola unidad y tuvieron asignadas unas funciones muy específicas.
Un año después, con la descentralización del personal femenino y la ampliación con una nueva promoción, la situación cambia.
La paulatina incorporación a nuevas funciones hace que, actualmente, la mujer desarrolle todo tipo de actividad policial.
A partir del año 1991, se elabora un plan informático que hace una recogida y explotación de toda la actividad laboral generada en las diferentes dependencias.
Durante el Juegos Olímpicos de 1992, la Guardia Urbana se caracterizó por su solidez en la organización.
Se pone especial énfasis en la orientación para la prevención y en la resolución de los problemas.
Destaca la total renovación que se introduce en la Central de Mando con la aplicación del proyecto MYCELLIUM.
El superintendent Alfonso Vidal Verge llega a la jubilación en el mes de agosto de 2004 y da paso en la Prefectura del Cuerpo al Intendente Mayor F. Xavier Vilaró i Camp'.
En octubre del 2004, se conmemora el 25.º aniversario de las primeras agentes femeninas en la Guardia Urbana.
Durante el año 2005 la Guardia Urbana desarrolla una marcada actividad policial originada por unos hechos que sucedieron en la ciudad: el accidente en el barrio del Carmel, las Fiestas Mayores de Gracia y Sants, la puesta en funcionamiento del Centro de Atención en materia de Drogodependencia en la Vall de Hebron... la Guardia Urbana deja una inmejorable imagen por su eficacia en las actuaciones realizadas y por su labor humana.
A principios del año 2007 se presenta la uniformidad operativa con un vestuario de patrulla que persigue la funcionalidad y presenta un diseño mucho más visible, cómodo y operativo.
Ese hecho marcó un antes y un después en la preparación futura de los agentes.
La muerte del perro ocasionó una ola de protestas que movilizó a centenares de personas, y provocó que asociaciones y partidos animalistas denunciaran el suceso en los juzgados.
Las redes sociales también se hicieron eco de esa indignación.
Al congelar la convocatoria de nuevas promociones entre el 1993 y el 1998, la plantilla actualmente no llega a 3500.
(Artículos 1 a 8) Participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la ley.
c) Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
Además colaborará imperativamente por mandato del mismo precepto y misma ley en las funciones de Policía Judicial en sentido estricto mediante unidades adscritas al poder judicial, en la averiguación del delito y aseguramiento del delincuente en los mismos términos que los cuerpos autonómicos por prescripción de su artículo 29.
Es por definición la policía ordinaria de Barcelona y el cuerpo policial más próximo al ciudadano debido a su carácter local y que mejor conoce las problemáticas de la ciudad y su ámbito de actuación ha superado con creces sus iniciales expectativas fijadas en una ley cuya ocasio legis se encuadra en la transición democrática y en la transición a un modelo policial descentralizado y preventivo caracterizado por la mutua interdependencia y las relaciones competenciales no jerárquicas, donde desde una garantía y competencia de coordinación central garantizada constitucionalmente se suman las competencias de toda una serie de autoridades de seguridad entre las que destaca el alcalde, también garantizada constitucionalmente.