Al igual que en el primer levantamiento, el líder de los militares rebeldes fue el teniente coronel Aldo Rico.
Pese a ello, el poder militar y sus apoyos civiles nacionales e internacionales continuaban intactos,[3][4] al igual que el Plan Cóndor que coordinaba internacionalmente la represión ilegal, la Guerra Fría y la Doctrina de la Seguridad Nacional de Estados Unidos.
Hasta 1985 todos los países fronterizos con Argentina estuvieron gobernados por dictaduras cívico-militares (Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay).
La sentencia adoptó la doctrina jurídica penal que equipara la autoría mediata a la inmediata, ordenando enjuiciar a todos los autores mediatos e inmediatos de los delitos probados en juicio (punto 30 del fallo).
Pero la sentencia en el Juicio a las Juntas dio por tierra con ese plan y consagró el principio de que eran igualmente responsables los autores mediatos e inmediatos.
En los primeros meses se produjeron varios hechos que mostraban un nerviosismo creciente en las Fuerzas Armadas.
En febrero, el procesamiento del capitán Enrique Pedro Mones Ruiz generó un manifiesto público firmado por oficiales intermedios cuestionando los juicios por crímenes de lesa humanidad porque afectar el honor y la dignidad de las Fuerzas Armadas.