[2] En cuanto los obispos se reunieron en Toledo, el rey visigodo Recaredo I les comunicó que había levantado la prohibición de celebrar sínodos y a continuación los prelados se retiraron a ayunar durante tres días.
[3] Asistieron al Concilio setenta y dos obispos, personalmente (62) o mediante delegados, además de los cinco metropolitanos.
Todos los de Tarraconensis y Septimania comparecieron personalmente o por apoderado; en otras provincias, algunos no aparecieron.
Se aprobó que los sínodos provinciales supervisaran anualmente a los jueces locales (iudices locorum) y a los agentes de las propiedades del Tesoro (actores fiscalium patrimoniorum), además de transmitir al rey las quejas que sobre ellos tuvieran.
Todo esto constituía una novedad pues se implicaba a los obispos en la imposición del cumplimiento de las leyes seculares.