Concilios de Toledo

No existe un paralelo en ningún país y, por tanto, la cuestión está abierta a múltiples interpretaciones.

Los obispos que defendían las posiciones derrotadas estaban obligados a asumir las decisiones conciliares bajo pena de excomunión.

En todos los casos, las decisiones adoptadas iban en la dirección sugerida por el rey y raramente vulneraron los deseos de este (si lo hicieron, el rey podía no confirmar los resultados del Concilio), presentando como mínimo normas que pudieran ser del agrado real.

La asistencia al Concilio era obligatoria, salvo enfermedad o realización de un encargo del Rey; la pena por incumplimiento debía ser la excomunión por un año.

Se celebraban en una iglesia metropolitana que permanecía cerrada a los fieles, debiendo entrar los participantes por una única puerta vigilada por los ostiarios (ostiarii, «porteros»).

Resumiendo, establecieron las pautas a las que debía ajustarse la marcha del Estado y la conducta de los monarcas.

La asamblea comienza tras el acto de presencia del rey junto con su comitiva una vez congregados los obispos en la iglesia toledana.

Los cánones promulgados por esos concilios reciben sanción civil mediante la llamada Lex in confirmatione Concilii.

El Concilio I tuvo lugar en plena época romana (397-400), y giró en torno a las secuelas de la crisis priscilianista .

Parece como si se hubiera procedido a un pacto de silencio entre la jerarquía real y la eclesiástica sobre tan oscuro pasado.

La moderna historiografía, en diversas ocasiones, ha mitificado este hecho y su inmediata consecuencia: la celebración del mencionado III Concilio de Toledo.

Sin pretender negar una conversión real, parece que el entramado político es mucho mayor y no simplificable a una identificación de unidad religiosa-unidad nacional, una vez liquidada la monarquía visigoda.

Este mismo Claudio sofocaría otra rebelión en la Narbonense, de Granista, Wildigerno y otros nobles, también con un obispo arriano en sus filas Athaloco.

Recaredo y Obispos. Concilio III de Toledo, año 589. Códice Vigilano , fol. 145, Biblioteca de El Escorial .