Los gobiernos regionales están constituidos por dos órganos: por el gobernador regional respectivo, el cual es elegido por votación popular y dura cuatro años en su cargo pudiendo ser reelegido una vez, y por el consejo regional, compuesto de consejeros elegidos por sufragio universal, en votación directa, por periodos de cuatro años, y que pueden ser reelegidos.
El consejo regional fue creado mediante una reforma constitucional efectuada el año 1991[1] e implementada con la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, de 1992.
Cabe señalar que el gobierno interior de cada región reside únicamente en el delegado presidencial regional, como representante natural e inmediato del presidente, en su territorio respectivo.
Una reforma constitucional del año 2017,[3] dispuso la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, creando el cargo de gobernador regional y estableciendo una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional en reemplazo del antiguo cargo de intendente.
Para cumplir con sus tareas y objetivos el Gobierno Regional se guía por los siguientes principios básicos:[4] Son funciones generales del gobierno regional:[4] Son funciones del gobierno regional en materia de ordenamiento territorial:[4] En materia de fomento de las actividades productivas, corresponde al gobierno regional:[4] En materia de desarrollo social y cultural, corresponde al gobierno regional:[4] Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tiene las siguientes atribuciones:[4]