Dirección General del Catastro

En concreto, el director general asume directamente la coordinación de actuaciones del Catastro inmobiliario en el ámbito rural, así como su vinculación con el desarrollo sostenible del territorio rural y la protección del medio ambiente; la iniciativa para la elaboración y propuesta de aprobación de disposiciones relacionadas con los procedimientos y sistemas de valoración fiscal inmobiliaria y del resto de competencias atribuidas a la Dirección General del Catastro a las que se refiere el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario; las relaciones institucionales con otros órganos u organismos de la Administración General del Estado, así como con las comunidades autónomas, corporaciones locales, organismos internacionales, terceros países y cualquier otra institución pública o privada; y las relaciones con las Gerencias del Catastro, la coordinación de sus actuaciones y la fijación y seguimiento de sus objetivos.[4]​ La historia catastral en España cobra importancia a partir del siglo XVIII, destacando el Catastro de Ensenada.[7]​ La Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 1988 atribuyó en exclusiva al CGCCT las competencias en materia de formación, conservación, renovación, revisión y demás funciones inherentes a los Catastros Inmobiliarios y a los Entes Locales la gestión, liquidación, inspección y recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.[12]​ El resto de funciones que no ejerce directamente la dirección general, son ejercidas a través de sus Servicios Centrales y Territoriales:[3]​ Además de los Servicios Centrales, la DGC posee Servicios Territoriales constituidos por las Gerencias Regionales y Territoriales.Además existen cerca de 3900 puntos de información catastral (PIC), oficinas autorizadas por la Dirección General del Catastro en distintas Organizaciones Públicas e Instituciones, fundamentalmente en Ayuntamientos y Diputaciones distribuidos a lo largo de todo el territorio, donde los ciudadanos pueden acceder a la información catastral y obtener certificado acreditativo de la misma.