En España, la administración local es el conjunto de administraciones públicas que gestionan las provincias y municipios principalmente; ambos entes de carácter territorial.
Existen otras administraciones locales, como son las mancomunidades, las comunidades de villa o las comarcas; unas territoriales, otras no.
[1] La Constitución española de 1978 en su título VIII estableció un Estado organizado territorialmente en comunidades autónomas, provincias y municipios.
Son ahora entes públicos de creación y extinción voluntaria, regulados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Legislación básica del Estado en el ámbito de la de la Administración local, es la siguiente: