Este establecía que: El departamento de Pisagua, tendrá los límites siguientes: Al N., E. y O. los de la provincia; y al S., una línea que, comenzando en la frontera boliviana, continúe por el borde Sur de la quebrada de Aroma hasta el sembrío de Curaña y desde este punto una línea que pase por la oficina Tres Marías exclusive y continúe hasta un punto en la costa que diste dos kilómetros al Norte de Caleta Buena.
Comprenderá las comunas de Pisagua y Negreiros.
Comuna de Negreiros.- Comprenderá la antigua subdelegación 3.a, Aroma, y los distritos 2.° Santa Catalina, y 3.°, Negreiros, de la antigua subdelegación 2.a, Santa Catalina.
La capital departamental también fue traspasada, de Pisagua a Huara.
Ese decreto ley también cambió el nombre de Los Cóndores a Colchane y modificó los límites comunales.