Como órgano constitucional, debe ser regulado siguiendo las pautas establecidas por el artículo 114 de la Constitución Nacional.
[4] Comenzó a funcionar por primera vez en 1998, presidido por el entonces presidente de la Corte Suprema Julio Nazareno.
Se iban a elegir: La elección iba a ser por una lista de precandidatos postulados por agrupaciones políticas nacionales que postulen fórmulas de precandidatos presidenciales, mediante elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.
En la justicia varios amparos interpuestos por jueces, abogados y políticos cuestionaron la reforma porque entienden que viola la constitución nacional.
En las mismas dos resoluciones, anuló la convocatoria a las elecciones para consejeros, el nuevo número de integrantes que tendría el Consejo de la Magistratura (19 según lo votado por el Congreso) y el voto popular para elegir a los consejeros.
El fallo fue recurrido por el gobierno, quien solicitó que la Corte Suprema de Justicia resolviera por el procedimiento per saltum.
Además, consideró inconstitucional la nueva composición del Consejo de la Magistratura que prevé la reforma.
[15] Al año 2013, las obras del Consejo de la Magistratura no han comenzado y están paralizadas.