Las Comisiones de Postulación están formadas por altos funcionarios públicos, autoridades universitarias públicas y privadas (como por ejemplo: rectores y decanos), representantes de los diferentes Colegios Profesionales y otros, según sea el funcionario a elegir y a qué institución del Estado pertenece.
La carta magna institucionaliza las Comisiones de Postulación.
El Decreto 19-2009 del Congreso de la República tiene por objeto desarrollar las normas constitucionales relativas a las comisiones de Postulación, con el propósito de regular y establecer mecanismos y procedimientos, objetivos y concretos, en cuanto a la selección de las nóminas de candidatos a cargos que ejercen funciones públicas de relevancia para el Estado.
[1] Entre otras leyes, que tipifican Comisiones de Postulación para la elección de altos funcionarios están: Los principios que rigen el actuar de las Comisiones de Postulación son las siguientes: La clasificación de las Comisiones de Postulación es: 1) Según a quienes se presenta la nómina para elegir a los altos funcionarios (se refiere a los órganos designadores o nominadores):
1.1) Congreso de la República: 1.2) Presidente de la República: 2) Según los altos cargos del Estado a quienes se eligen (se refiere a los designados o nominados):