[1][2][3][4] Los politólogos Cas Mudde y Cristóbal Rovira Kaltwasser lo definen como «un modo particular de intercambio entre grupos de electores y políticos, gracias al cual los votantes obtienen bienes (pagos directos o acceso privilegiado a empleo, bienes y servicios, por ejemplo) a condición de que apoyen a un patrón o partido».Aspectos ya definidos en décadas anteriores por los politólogos Guillermo O'Donnell, Javier Auyero y Miguel Trotta en el mismo sentido.
En un sistema de clientelismo, el poder sobre las decisiones del aparato administrativo del Estado se utiliza para obtener beneficio privado; el patrón —sea directamente un funcionario, u otra persona dotada de suficiente poder como para influir sobre los funcionarios— toma decisiones que favorecen a sus clientes, y que estos compensan con la perpetuación en el poder del funcionario implicado o de su entorno.
Sin embargo, existen pocos incentivos para que los participantes busquen acabar con el sistema clientelar, puesto que este se halla institucionalizado —en el sentido sociológico del término— como patrón regular de interacciones, conocido, practicado y aceptado (si bien no necesariamente aprobado) por los actores (O'Donnell: 1997).
No obstante, como afirma Trotta, desde una perspectiva materialista histórica, las relaciones de dominación no pueden restringirse a la dimensión microsocial, sino que los condicionantes macroestructurales definen las transformaciones de las prácticas clientelares y sus desdoblamientos , aspectos investigados y desarrollados por el autor, de notable influencia en la literatura posterior sobre el tema (Trotta, 2003).
Los clientes buscan respuestas a sus necesidades básicas inmediatas, los mediadores pueden motivarse por diferentes cuestiones —desde adscripción partidaria o ideológica hasta el mantenimiento de un empleo estatal—, y patrones buscan a su vez acumulación política, como objetivo estratégico, y acumulación electoral, como objetivo coyuntural.
Patrón y mediadores no aportan privadamente los recursos que sustentan los intercambios, sino que los toman del ámbito estatal; generalmente, patrón y mediadores también están allí insertos.
En los estados puramente patrimoniales, las relaciones clientelistas desplazan al derecho como medio de gobierno.
El clientelismo ha sido asociado a naciones con representación democrática debilitada, sin embargo, cada vez más países con democracias consolidadas presentan fenómenos clientelares.