En este último caso siempre que actúen como particulares desprovistas de imperium.
A partir del siglo XIX, todos los países de Europa e Iberoamérica y varios de África, Asia y Oceanía, han promulgado códigos civiles.
Este resultó ser el modelo que, por imitación o imposición, se expandió por los países europeos y americanos.
En 1825, Haití promulga un Code Civil, que no era más que una copia del napoleónico; mientras Luisiana deroga su Digeste, reemplazándolo por el Code Civil de l'État de la Lousianne, durante el mismo año (1825).
Este último, (el código de Santa Cruz), con escasos cambios fue adoptado por Costa Rica en 1841.
Chile promulga su código civil en 1855, una obra original respecto al código francés tanto en el esquema como en su contenido (cercano al derecho castellano antes vigente en dicho territorio) que fue redactada por Andrés Bello (iniciada hacia 1833).
[1] Uruguay promulga su código civil en 1868 y Argentina en 1869, obra de Dalmacio Vélez Sársfield.
En 1912 Brasil dictó su código civil, con lo que se considera terminado el periodo de las codificaciones en Iberoamérica.