[1] Las fuentes de las obligaciones son «los hechos jurídicos que les dan origen».
[2] Estos son: los contratos, los cuasicontratos, los delitos, los cuasidelitos y la ley.
Según el Derecho Civil encontramos los siguientes tipos de contratos:[4] Son cuasicontratos los hechos lícitos y puramente voluntarios, de los que resulta obligado su autor para con un tercero y a veces una obligación recíproca entre los interesados.
Por medio del primero, se entiende que todo contrato legalmente celebrado constituye una verdadera ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.
De esta manera, todo contrato lleva consigo una fuerza obligatoria que constriñe al deudor a cumplir su prestación.