Bandera de El Salvador

La bandera de El Salvador es el pabellón que representa al país, y que, junto al escudo y el himno nacional, tiene la categoría de símbolo patrio.

El presidente conservador Francisco Dueñas decretó un nuevo pabellón nacional, que estaba inspirado en la bandera estadounidense.

[1]​ La bandera como símbolo nacional es empleada por el Gobierno e instituciones estatales, con distintas variantes en su confección según el uso que se le dé por parte de los cuerpos diplomáticos, civiles o militares.

En los casos que se requiera también podrá usarse una bandera de menores o mayores dimensiones, pero siempre y cuando sean respetadas las proporciones.

[5]​[6]​ La variación vigente se distingue en tres tipos en función de su uso, la Bandera Magna se lleva con el Escudo Nacional en la franja central, el uso civil tiene dos versiones: la primera dejada en blanco a la franja central, y la segunda se lleva de un lema salvadoreño en la franja central.

[3]​ La banda presidencial sólo puede ser usada por el presidente de la República.

Artículo 4º El pabellón nacional para los puertos y para toda clase de buques pertenecientes a este nuevo estado constará de tres fajas horizontales, azules la superior e inferior, y blanca la del centro en la cual irá dibujado el escudo que designa el artículo 1º.

Del mismo pabellón usarán los enviados de este gobierno a las naciones extranjeras.

Artículo 5º Las banderas y estandartes de los cuerpos militares así vivos, así como de milicia provincial mientras esta subsista, se arreglarán a lo dispuesto en el artículo anterior: Sus fajas serán siempre horizontales, en la superior las palabras: DIOS, UNIÓN, LIBERTAD, y en la inferior la clase y número de cada cuerpo.

Artículo 7º Al comunicarle este decreto al gobierno se le acompañarán diseños del blasón y pabellón nacionales para la más fácil inteligencia de cuanto queda prevenido: Comuníquese al Supremo Poder Ejecutivo para su cumplimiento, y que lo haga imprimir, publicar y circular.

Por tanto mandamos se guarde, cumpla y ejecuten todas sus partes.

2º.- Este escudo se colocará en todos los puestos y oficinas públicas del Gobierno Jeneral.

4º.- El pabellón de la Nación constará de tres fajas horizontales, azules la superior e inferior y blanca la del centro, en la cual irá dibujado el escudo que designa el artículo 1º.

5º.- Este pabellón se usará en todos los puertos, en toda clase de buques nacionales y por los enviados de la unión: en los gallardetes las fajas se colocarán verticalmente por el orden espresado.

6º.- En los buques mercantes, el pabellón no llevará escudo, y en la faja del centro se escribirá en letras de oro, D.U.L.

El general Zelaya López aprovechó la amistad con los presidentes de Honduras y El Salvador, doctor Policarpo Bonilla y general Rafael Antonio Gutiérrez para promover la unión de las tres repúblicas, porque los presidentes de Costa Rica y Guatemala no mostraban interés en dicha unión.

Esta denominación persistirá hasta que las Repúblicas de Guatemala y Costa Rica acepten voluntariamente el presente convenio en cuyo caso se llamará República de Centroamérica.

Este Escudo se colocará en todos los puertos y oficinas públicas.

El Pabellón Nacional para los puertos y buques, constará tres fajas horizontales, azules la superior é inferior y blanca la del centro, en la cual irá dibujado el escudo antes descrito.

Las banderas y estandartes de los Cuerpos Militares, se arreglarán á lo dispuesto en el número anterior.

Bajo la leyenda “Dios-Unión-Libertad” llevará dos ramas de laurel entrelazadas, en forma circular, hasta terminar en las dos banderas laterales superiores.

En estos últimos casos el escudo de armas no tendrá las leyendas: “República de El Salvador en la América Central” ni “Dios-Unión-Libertad”, y los pabellones que salgan del triángulo podrán ser separados o adheridos al mismo o se usará el escudo sin ellos.

4º.- Al artículo cuarto donde dice “en la cual irá dibujado el escudo antes descrito”, se le agrega: “con todos sus blasones”.

5º.- En el artículo quinto la parte que describe las banderas y estandartes, queda así: “sus fajas serán siempre horizontales; en la del centro llevará el triángulo del escudo de armas, con todos sus blasones interiores; en la superior, las palabras “Dios-Unión-Libertad”, y en la inferior, la clase y número de cada Cuerpo.” Sigue el artículo sin modificación.

6º.- Las oficinas de los Supremos Poderes y de cualesquiera institución oficial o municipales pueden usar del Pabellón Nacional, sin escudo; pero llevando las palabras “Dios-Unión-Libertad”.

De este mismo pabellón podrán usar las instituciones particulares, previas autorización expresa del Supremo Poder Ejecutivo, quien también podrá autorizar tanto a éstas como a las instituciones oficiales o municipales para que usen un lema especial en el pabellón.

Este uso queda limitado a los días de fiesta o duelos nacionales y a todos aquellos en que se celebrare un acontecimiento de importancia general o local.

9º.- El Supremo Poder Ejecutivo reglamentará los casos y condiciones en que se pueda autorizar a los particulares o instituciones especiales para usar el escudo de armas o lemas especiales en el pabellón.

10º.- Se declara legal el sello usado anteriormente adornado con los aditamentos que hasta hoy prescribe esta reforma.

Construcción oficial de la bandera magna.
El escudo de El Salvador está en el centro de la bandera magna.
La fila de cinco volcanes en el escudo fueron inspirados por la Cordillera de Apaneca-Llamatepec., visible desde la ciudad de Sonsonate , la cual fue la capital de la República Federal de Centro América en 1834.
La segunda bandera del pais lleva el lema nacional (DIOS UNIÓN LIBERTAD) en letras mayúsculas cuadradas romanas de color ámbar dorado que cubre casi toda la longitud de la franja blanca de la bandera.
1865-1912: Bandera usada por la República de El Salvador