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Principios de Yogyakarta

Los Principios de Yogyakarta son un documento sobre los derechos humanos en las áreas de orientación sexual e identidad de género que se publicó como resultado de una reunión internacional de grupos de derechos humanos en Yogyakarta , Indonesia , en noviembre de 2006. Los principios se complementaron y ampliaron en 2017 para incluyen nuevos motivos de expresión de género y características sexuales y una serie de nuevos principios. Sin embargo, los Principios nunca han sido aceptados por las Naciones Unidas (ONU) y el intento de hacer de la identidad de género y la orientación sexual nuevas categorías de no discriminación ha sido rechazado repetidamente por la Asamblea General , el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y otros órganos de la ONU. [1]

Los principios y el suplemento contienen un conjunto de preceptos destinados a aplicar los estándares del derecho internacional de derechos humanos para abordar el abuso de los derechos humanos de las personas lesbianas , gays , bisexuales , transgénero e intersexuales ( LGBTI ).

Versiones

Principios originales de 2007

Los Principios en sí son un documento extenso que aborda cuestiones jurídicas. Un sitio web que se creó para contener los principios y hacerlos accesibles tiene una descripción general de los principios, [2] reproducida aquí en su totalidad:

Principios de Yogyakarta 2017 más 10

Historia

El sitio web que promueve los Principios señala que se han expresado preocupaciones sobre una tendencia a que se violen los derechos humanos de las personas debido a su orientación sexual o identidad de género. Si bien los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas detallan obligaciones para garantizar que las personas estén protegidas de la discriminación y los estereotipos , [5] que incluyen la expresión de la orientación sexual o la identidad de género de las personas, la implementación de estos derechos ha sido fragmentada e inconsistente a nivel internacional. Los Principios tienen como objetivo proporcionar una comprensión coherente sobre la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. [6]

Los Principios de Yogyakarta se desarrollaron en una reunión de la Comisión Internacional de Juristas , el Servicio Internacional para los Derechos Humanos y expertos en derechos humanos de todo el mundo en la Universidad Gadjah Mada en Java del 6 al 9 de noviembre de 2006. El seminario aclaró la naturaleza, el alcance y implementación de las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos en virtud de los tratados y leyes de derechos humanos existentes, en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Los principios que surgieron de esta reunión fueron adoptados por expertos en derechos humanos de todo el mundo, e incluyeron jueces, académicos, un ex Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ONG y otros. [6] El experto irlandés en derechos humanos Michael O'Flaherty fue el relator responsable de la redacción y desarrollo de los Principios de Yogyakarta adoptados en la reunión. [7] Vitit Muntarbhorn y Sonia Onufer Corrêa fueron los copresidentes. [8]

El documento final "contiene 29 principios adoptados unánimemente por los expertos, junto con recomendaciones a los gobiernos, las instituciones intergubernamentales regionales , la sociedad civil y la propia ONU". [9] Los principios llevan el nombre de Yogyakarta , la ciudad donde se celebró la conferencia. Estos principios no han sido adoptados por los Estados en un tratado y, por lo tanto, no son por sí mismos una parte jurídicamente vinculante del derecho internacional de los derechos humanos. [10] Sin embargo, los Principios pretenden servir como ayuda interpretativa de los tratados de derechos humanos. [11]

Entre los 29 firmantes de los principios estaban Mary Robinson , Manfred Nowak , Martin Scheinin , Mauro Cabral , Sonia Corrêa , Elizabeth Evatt , Philip Alston , Edwin Cameron , Asma Jahangir , Paul Hunt , Sanji Mmasenono Monageng , Sunil Babu Pant , Stephen Whittle y Wan Yanhai . Los signatarios pretendían que los Principios de Yogyakarta se adoptaran como una norma universal , [6] afirmando una norma jurídica internacional vinculante que todos los Estados deben cumplir [8] , pero algunos estados han expresado reservas. [10]

En alineación con el movimiento hacia el establecimiento de derechos humanos básicos para todas las personas, los Principios de Yogyakarta abordan específicamente la orientación sexual y la identidad de género . Los Principios se desarrollaron en respuesta a patrones de abuso denunciados en todo el mundo. Estos incluyeron ejemplos de agresión sexual y violación, tortura y malos tratos, ejecuciones extrajudiciales, asesinatos por honor , [4] invasión de la privacidad, arresto y encarcelamiento arbitrarios , abuso médico , negación de la libertad de expresión y reunión y discriminación, prejuicio y estigmatización [12 ] en trabajo, salud, educación, vivienda, derecho de familia, acceso a la justicia e inmigración. Se estima que afectan a millones de personas que son, o han sido, blanco de ataques por su orientación sexual o identidad de género percibida o real. [13]

Lanzamiento

Los Principios de Yogyakarta finalizados se lanzaron como carta global el 26 de marzo de 2007 en un evento público en Ginebra , programado para coincidir con la sesión principal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas . [14] [15] Michael O'Flaherty, habló en la Conferencia de la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas (ILGA) en Lituania el 27 de octubre de 2007; Explicó que "todos los derechos humanos nos pertenecen a todos. Tenemos derechos humanos porque existimos, no porque seamos homosexuales o heterosexuales e independientemente de nuestra identidad de género", pero que en muchas situaciones estos derechos humanos no se respetan ni se realizan. y que "los Principios de Yogyakarta pretenden corregir esa situación". [7]

Los Principios de Yogyakarta fueron presentados en un evento de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York el 7 de noviembre de 2007, copatrocinado por Argentina , Brasil y Uruguay . Human Rights Watch explica que el primer paso hacia esto sería la despenalización de la homosexualidad en 77 países que todavía imponen penas legales para las personas que mantienen relaciones entre personas del mismo sexo, y la derogación de la pena de muerte en los siete países que todavía la tienen. para tal práctica sexual. [13]

Principios de Yogyakarta más 10

El 10 de noviembre de 2017, los "Principios de Yogyakarta más 10" (Los YP +10) complementan los Principios, formalmente como "Principios adicionales y obligaciones estatales sobre la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en relación con la orientación sexual, la expresión de género y el sexo". Características para complementar los Principios de Yogyakarta", surgió de la intersección de los desarrollos en el derecho internacional de los derechos humanos con la comprensión emergente de las violaciones sufridas por una persona por motivos de orientación sexual e identidad de género y el reconocimiento de los motivos distritales y interseccionales de expresión y características sexuales . [16] [17] [18] [19]

La actualización fue redactada por un comité formado por Mauro Cabral Grinspan , Morgan Carpenter , Julia Ehrt, Sheherezade Kara, Arvind Narrain, Pooja Patel, Chris Sidoti y Monica Tabengwa . Los firmantes también incluyen a Philip Alston , Edwin Cameron , Kamala Chandrakirana , Sonia Onufer Corrêa , David Kaye , Maina Kiai , Victor Madrigal-Borloz , Sanji Mmasenono Monageng , Vitit Muntarbhorn , Sunil Pant , Dainius Puras, Ajit Prakash Shah , Sylvia Tamale , Frans Viljoen , y Kimberly Zieselman .

Razonamiento

Los compiladores explican que los Principios detallan cómo se puede aplicar el derecho internacional de los derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género, de una manera que afirme el derecho internacional y al cual todos los estados puedan estar obligados. Sostienen que siempre que se reconozca que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, esto debería incluir a las personas LGBT. Sostienen que las normas de derechos humanos pueden interpretarse en términos de orientación sexual e identidad de género cuando abordan cuestiones de tortura y violencia, ejecución extrajudicial, acceso a la justicia, privacidad, libertad de discriminación, libertad de expresión y reunión, acceso al empleo, atención sanitaria, educación y cuestiones de inmigración y refugiados. Los Principios tienen como objetivo explicar que los Estados están obligados a garantizar la igualdad de acceso a los derechos humanos, y cada principio recomienda cómo lograrlo, destacando las responsabilidades de las agencias internacionales para promover y mantener los derechos humanos. [6]

Los Principios se basan en el reconocimiento del derecho a la no discriminación. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) ha abordado estas cuestiones en sus Comentarios Generales, textos interpretativos que emite para explicar el significado pleno de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales . En las Observaciones Generales Nos. 18 de 2005 (sobre el derecho al trabajo ), 15 de 2002 (sobre el derecho al agua ) y 14 de 2000 (sobre el derecho al más alto nivel posible de salud ), indicó que el Pacto prohíbe cualquier discriminación basada, entre otras cosas , en el sexo y la orientación sexual "que tenga la intención o el efecto de anular o menoscabar el goce o ejercicio en condiciones de igualdad de [el derecho en cuestión]". [20]

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), a pesar de que no ha abordado el asunto en una Observación General ni ha especificado de otro modo las disposiciones aplicables de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer , en varias ocasiones ha criticado a los estados por la discriminación por motivos de orientación sexual. Por ejemplo, abordó la situación de las mujeres de minorías sexuales en Kirguistán y recomendó que "el lesbianismo sea reconceptualizado como una orientación sexual y que se abolieran las sanciones por su práctica".

Recepción

Naciones Unidas

Los Principios nunca han sido aceptados por las Naciones Unidas y el intento de hacer de la identidad de género y la orientación sexual nuevas categorías de no discriminación ha sido rechazado repetidamente por la Asamblea General, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y otros órganos de la ONU. En julio de 2010, Vernor Muñoz, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Educación, presentó ante la Asamblea General de las Naciones Unidas un informe provisional sobre el derecho humano a la educación sexual integral , en el que citaba los Principios de Yogyakarta como estándar de Derechos Humanos. [21] En el debate que siguió, la mayoría de los miembros del Tercer Comité de la Asamblea General recomendaron no adoptar los principios. [22] El Representante de Malawi , hablando en nombre de todos los Estados africanos, argumentó que el informe:

Reflejó un intento de introducir nociones controvertidas y un desprecio del Código de Conducta para titulares de mandatos de procedimientos especiales, como se describe en la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos . Expresó alarma por la reinterpretación de los instrumentos, principios y conceptos de derechos humanos existentes. El informe también citó selectivamente comentarios generales y recomendaciones específicas para países formuladas por órganos creados en virtud de tratados y propagó principios controvertidos y no reconocidos, incluidos los llamados Principios de Yogyakarta, para justificar su opinión personal. [10]

Trinidad y Tobago , en nombre de los Estados caribeños miembros de CARICOM , argumentó que el relator especial "había optado por ignorar su mandato, tal como lo establece la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos, y centrarse en cambio en los llamados 'derechos humanos'. derecho a la educación integral”. Ese derecho no existía en virtud de ningún instrumento o ley de derechos humanos acordado internacionalmente y sus intentos de crear uno excedían con creces su mandato y el del Consejo de Derechos Humanos". [23] El representante de Mauritania , hablando en nombre de la Liga Árabe , dijo que los Estados árabes estaban "consternados" y acusó al relator de intentar promover "doctrinas controvertidas que no gozaban de reconocimiento universal" y de "redefinir conceptos establecidos de educación sobre salud sexual y reproductiva, o de derechos humanos en un sentido más amplio". [24] La Federación de Rusia expresó "su decepción y desacuerdo fundamental con el informe", según lo escrito por el relator:

Para justificar sus conclusiones citó numerosos documentos que no habían sido acordados a nivel intergubernamental y que, por tanto, no podían considerarse expresiones autorizadas de la opinión de la comunidad internacional. En particular, se refirió a los Principios de Yogyarkarta y también a las Orientaciones Técnicas Internacionales sobre Educación en Sexualidad. La implementación de diversas disposiciones y recomendaciones de este último documento daría lugar a un proceso penal por delitos como la corrupción de jóvenes. [25]

Instituciones regionales

El Consejo de Europa afirma en "Derechos humanos e identidad de género" [26] que el Principio 3 de los Principios de Yogyakarta es "de particular relevancia". Recomiendan que los Estados miembros "eliminen la esterilización y otros tratamientos médicos obligatorios como requisito legal necesario para reconocer la identidad de género de una persona en las leyes que regulan el proceso de cambio de nombre y sexo" (V.4), así como "faciliten los procedimientos de reasignación de género". , como el tratamiento hormonal, la cirugía y el apoyo psicológico, accesibles para las personas transgénero, y garantizar que sean reembolsados ​​por los sistemas públicos de seguro médico". (V.5) De manera similar, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa adoptó un documento titulado "Discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género" el 23 de marzo de 2010, [27] describiendo el prejuicio de que "la homosexualidad es inmoral" como una "Visión subjetiva generalmente basada en dogmas religiosos que, en una sociedad democrática, no pueden ser base para limitar los derechos de los demás". El documento argumentaba que la creencia de que "la homosexualidad está empeorando la crisis demográfica y amenazando el futuro de la nación" es "ilógica" y que "otorgar reconocimiento legal a las parejas del mismo sexo no influye en si los heterosexuales se casan o tienen hijos". [27]

Instituciones nacionales

Sin embargo, los Principios han sido citados por numerosos gobiernos nacionales y sentencias judiciales. [28] Los principios influyeron en la propuesta de declaración de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género en 2008. [29]

Grupos de derechos humanos y de derechos LGBT adoptaron los principios, y el debate ha aparecido en la prensa gay, [30] así como en artículos académicos y libros de texto (ver bibliografía).

Brasil

En decisión unánime del 5 de mayo de 2011, el Supremo Tribunal Federal de Brasil se convirtió en el primer tribunal supremo del mundo en reconocer las uniones civiles entre personas del mismo sexo como una entidad familiar con iguales derechos que una heterosexual, según lo certificado por la UNESCO , [31] citando expresamente los Principios de Yogyakarta como una directriz legal importante: [32]

Es importante señalar, por relevante, que este examen está en línea con los Principios de Yogyakarta, que traducen las recomendaciones dirigidas a los Estados nacionales, como resultado de una conferencia celebrada en Indonesia, en noviembre de 2006, bajo la coordinación de la Comisión Internacional . Comisión de Juristas y Servicio Internacional de Derechos Humanos . Esta Carta de Principios sobre la aplicación de los derechos humanos internacionales en materia de identidad sexual y de género tiene, en su texto, el Principio 24, cuya redacción es la siguiente: DERECHO A CONSTITUIR FAMILIA (...) .

India

La Corte Suprema de la India se basó en los Principios de Yogyakarta (200 7) , al fallar en el caso NLSA v. Union of India (2014) , que reconoció el derecho a autoidentificar el género y reconoció el género no binario como " Tercer Género ". ". El tribunal sostuvo que los Principios de Yogyakarta deben reconocerse y seguirse siempre que sean coherentes con los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la India . [33]

53. ... Cualquier convención internacional que no sea incompatible con los derechos fundamentales y esté en armonía con su espíritu debe incorporarse a esas disposiciones, por ejemplo, los artículos 14, 15, 19 y 21 de la Constitución para ampliar el significado y contenido de las mismas y promover objeto de garantía constitucional. Los principios discutidos anteriormente sobre las [Personas Transgénero] y las Convenciones Internacionales, incluidos los principios de Yogyakarta, que hemos considerado que no son incompatibles con los diversos derechos fundamentales garantizados por la Constitución de la India, deben ser reconocidos y seguidos, lo cual tiene suficiente justificación legal e histórica en nuestra opinión. país.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de la India sostuvo que los Principios de Yogyakarta (2007) se ajustan a la visión constitucional de los derechos fundamentales, al despenalizar la homosexualidad en el caso Navtej Singh Johar v. Unión de la India (2018) . En su opinión concurrente, el juez RF Nariman dijo: [34]

84. ...los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género que se analizan más adelante, a los que también se refirió Radhakrishnan, J. en NALSA (supra), se ajustan a nuestra visión constitucional de la derechos fundamentales de los ciudadanos de la India y de las personas que acuden a este Tribunal.
85. La Comisión Internacional de Juristas y el Servicio Internacional de Derechos Humanos , en nombre de una coalición de organizaciones de derechos humanos, habían emprendido un proyecto para desarrollar un conjunto de principios jurídicos internacionales sobre la aplicación del derecho internacional a las violaciones de los derechos humanos basadas en motivos sexuales. orientación e identidad de género para aportar mayor claridad y coherencia a las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos...
88. Estos principios dan mayor contenido a los derechos fundamentales contenidos en los artículos 14, 15, 19 y 21, y vistos a la luz de estos principios también , el artículo 377 deberá ser declarado inconstitucional.

Esencialmente, la Corte Suprema incorporó los Principios de Yogyakarta (2007) a los Derechos Fundamentales de la Constitución de la India. [35] [36]

personas intersexuales

Los Principios de Yogyakarta mencionan a las personas intersexuales sólo brevemente. En un manual sobre Promoción y Protección de los Derechos Humanos en relación con la Orientación Sexual , la Identidad de Género y las Características Sexuales [37] , el Foro de Asia Pacífico de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (APF) afirma: "Los Principios no tratan apropiada o adecuadamente la aplicación de "El derecho internacional de los derechos humanos en relación con las personas intersexuales no distingue específicamente las características sexuales". [37]

Esas cuestiones se abordaron en la actualización de los Principios de Yogyakarta más 10. Boris Dittrich de Human Rights Watch comenta que la nueva actualización "protege a los niños intersexuales de la modificación involuntaria de sus características sexuales". [38]

Ver también

Referencias

  1. ^ Servicio Internacional de Derechos Humanos. "La mayoría del Tercer Comité de la Asamblea General no puede aceptar el informe sobre el derecho humano a la educación sexual". Archivado desde el original el 15 de mayo de 2013.
  2. ^ "Antecedentes: Los principios de Yogyakarta: una descripción general". Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  3. ^ Principio 11. El derecho a la protección contra toda forma de explotación, venta y trata de seres humanos.
  4. ^ ab Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. "Refworld - Nota orientativa del ACNUR sobre solicitudes de asilo relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género". Mundo ref . Archivado desde el original el 7 de diciembre de 2016 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  5. ^ Preámbulo, Principio 25 (b) y Recomendaciones adicionales (o) de los Principios de Yogyakarta
  6. ^ abcd "Acerca de los principios de Yogyakarta". Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  7. ^ ab "Los Principios de Yogyakarta: el relator se dirige a la conferencia sobre homosexuales". Archivado desde el original el 6 de enero de 2009 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  8. ^ ab Introducción a los principios de Yogyakarta
  9. ^ Observador de derechos humanos (2008). Informe mundial de Human Rights Watch. Archivado desde el original el 4 de abril de 2016 . Consultado el 18 de febrero de 2016 , a través de Google Books .
  10. ^ abc Asamblea General de las Naciones Unidas, Documentos Oficiales, Tercera Comisión, Acta resumida de la 29ª reunión celebrada en Nueva York, el lunes 25 de octubre de 2010, a las 15 horas Archivado el 27 de septiembre de 2012 en Wayback Machine , párr. 9.
  11. ^ Recomendación adicional (i)
  12. ^ Preámbulo de los Principios de Yogyakarta
  13. ^ ab Observador de derechos humanos. "ONU: Apoye la Carta Mundial de los Derechos de los Gays". Archivado desde el original el 10 de noviembre de 2008 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  14. ^ "Los Principios de Yogyakarta se lanzarán el 26 de marzo en Ginebra". ILGA -Europa . 19 de marzo de 2007. Archivado desde el original el 3 de noviembre de 2012 . Consultado el 18 de febrero de 2016 .
  15. ^ "Orientación sexual, identidad de género y derecho internacional de los derechos humanos" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 4 de octubre de 2011.
  16. ^ "Principios de Yogyakarta más 10". Archivado desde el original el 1 de diciembre de 2017.
  17. ^ Lee, Steve (27 de noviembre de 2017). "Publicados los principios internacionales de derechos humanos actualizados para el tratamiento de las personas LGBTI". Semanario LGBT . Archivado desde el original el 27 de noviembre de 2017 . Consultado el 29 de noviembre de 2017 .Power, Shannon (29 de noviembre de 2017). "Los Principios de Yogyakarta acaban de actualizarse por primera vez en 10 años". Noticias de estrellas gay . Archivado desde el original el 6 de diciembre de 2017 . Consultado el 5 de diciembre de 2017 .Instituto Williams (27 de noviembre de 2017). "Publicados los principios de Yogyakarta actualizados". Instituto Williams . Archivado desde el original el 5 de diciembre de 2017 . Consultado el 5 de diciembre de 2017 .
  18. ^ Power, Shannon (5 de diciembre de 2017). "El costarricense Víctor Madrigal-Borloz nombrado nuevo experto de la ONU en temas LGBTIQ". Noticias de estrellas gay . Archivado desde el original el 6 de diciembre de 2017 . Consultado el 5 de diciembre de 2017 .
  19. ^ Lee, Steve (27 de noviembre de 2017). "Publicados los principios internacionales de derechos humanos actualizados para el tratamiento de las personas LGBTI". Semanario LGBT . Archivado desde el original el 6 de diciembre de 2017 . Consultado el 5 de diciembre de 2017 .
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  21. ^ Informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación, 23 de julio de 2010, Doc. ONU. A/65/162 Archivado el 27 de septiembre de 2012 en Wayback Machine , párrafo 23:

    La educación sexual es una herramienta básica para poner fin a la discriminación contra personas de diversas orientaciones sexuales. Los Principios de Yogyakarta de 2006 sobre la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género hicieron una contribución muy importante al pensamiento en esta área. El Relator Especial respalda plenamente los preceptos del Principio 16, refiriéndose específicamente al derecho a la educación.

  22. ^ Servicio Internacional para los Derechos Humanos, La mayoría del Tercer Comité de la Asamblea General no puede aceptar el informe sobre el derecho humano a la educación sexual Archivado el 15 de mayo de 2013 en Wayback Machine.
  23. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Documentos Oficiales, Tercera Comisión, Acta resumida de la 29ª reunión celebrada en Nueva York, el lunes 25 de octubre de 2010, a las 15 horas, Doc. ONU. A/C.3/65/SR.29 Archivado el 4 de junio de 2016 en Wayback Machine , párr. 11.
  24. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Documentos Oficiales, Tercera Comisión, Acta resumida de la 29ª reunión celebrada en Nueva York, el lunes 25 de octubre de 2010, a las 15 horas, Doc. ONU. A/C.3/65/SR.29 Archivado el 4 de junio de 2016 en Wayback Machine , párr. 14-15.
  25. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Documentos Oficiales, Tercera Comisión, Acta resumida de la 29ª reunión celebrada en Nueva York, el lunes 25 de octubre de 2010, a las 15 horas, Doc. ONU. A/C.3/65/SR.29 Archivado el 4 de junio de 2016 en Wayback Machine , párr. 22–23.
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Bibliografía

enlaces externos