Reglamento de división de poderes de 1811 de Argentina

La Junta Conservadora, compuesta por los diputados de las provincias que se encontraban en Buenos Aires y por los que llegaran después del interior, coexistía con el Triunvirato, integrado por Feliciano Antonio Chiclana, Manuel de Sarratea y Juan José Paso, actuando Bernardino Rivadavia como secretario, sin que se encontrasen claramente delimitadas las funciones de una y otro.

El Reglamento, que se considera la primera Constitución posterior a la Revolución de Mayo, tenía como finalidad organizar los poderes del estado y su redacción se atribuye al Deán Funes.

Está compuesta por una introducción y 27 artículos divididos en 3 secciones que corresponden a cada uno de los órganos del poder: legislativo, ejecutivo y judicial.

Dispone que con la apertura del Congreso cesarán en sus funciones los diputados, con lo cual se le da al organismo un carácter provisorio.

La Junta remitió el Reglamento aprobado al Triunvirato pero nunca se aplicó pues éste lo rechazó, disolvió la Junta y el 22 de noviembre de 1811 dictó en su reemplazo un Estatuto Provisional.