Las divergencias entre las dos categorías anteriores radican en los órganos de declaración y gestión.
Las reservas naturales integrales se configuran como espacios de restricción rigurosa.
Ellos no admiten prácticamente uso posible alguno a diferencia de las reservas naturales especiales que sí contemplan ciertos usos educativos, científicos y puntualmente de índole tradicional.
Los monumentos naturales y los paisajes protegidos representan distintas áreas que se incluyen en la red debido a determinados valores emblemáticos o panorámicos que recogen en sí.
Se podría destacar también que tan solo dos islas, La Gomera y Tenerife, aglutinan en su territorio las 8 categorías de protección.