Ley electoral de 1907
La nueva ley formaba parte del plan de reforma del régimen político de la Restauración puesto en marcha por el conservador Antonio Maura y que denominó «revolución desde arriba».[1] Sin embargo Maura comenzó su «gobierno largo» de forma poco congruente pues en las elecciones que convocó para abril de 1907 se valió del entramado caciquil para alcanzar una mayoría muy amplia en las Cortes.También se tipificó el delito electoral y en los casos de fraude la intervención del Tribunal Supremo,[8] aunque en última instancia la decisión para anular las actas correspondía a las Cortes.Los conservadores se propusieron acabar con esta práctica constituyendo las mesas con los mayores contribuyentes de cada distrito, lo que no fue aceptado por los liberales ni por los republicanos porque consideraron que eso supondría volver a criterios propios del sufragio censitario.«De todas formas no parece que con las nuevas Juntas las cosas variaran mucho», afirma Germán López.Además cuando el Tribunal Supremo comprobaba que había habido fraude no proponía la nulidad de la votación sino solo restar los votos de la sección o secciones implicadas al resultado total por lo que el candidato denunciado si tenía mayoría en el resto de secciones ganaba la elección.Según Germán López, «el artículo señalaba que sólo podrían ser proclamados candidatos aquellos que ya hubieran representado al distrito en alguna ocasión anterior, aquellos que fueran presentados por diputados, ex-diputados, senadores, ex-senadores y diputados provinciales o ex-diputados provinciales, elegidos por un territorio en el que estuviera comprendido el distrito electoral, y por último aquellos que lograsen ser presentados por la vigésima parte del censo electoral del distrito, ante las mesas electorales constituidas y formadas por el presidente y los adjuntos, en una única jornada, avalando a un número limitado de candidatos, puesto que cada elector sólo podía acudir a una sola propuesta».Según apunta Germán López, esta reforma «podría haber tenido más consecuencias para impulsar la democratización del sistema político español, que todo el resto de medidas recogidas en la Ley Electoral.[17] Asimismo fue rechazada la propuesta de un diputado republicano para que se introdujera el sobre y la cabina electoral para garantizar el secreto del voto, una medida que fue introducida poco después en Francia.La más llamativa fue la que pretendió volver al sufragio censitario mediante el subterfugio del llamado voto «múltiple» o «plural», reconocido por la ley electoral belga de 1896, y que favorecía a los sectores acomodados −consistía en que se concedían más votos a propietarios, políticos e intelectuales−.Las propuestas de las oposiciones mostraron que existían otras opciones», pero las élites dinásticas no las aceptaron porque eso hubiera supuesto "modernizar sus anquilosadas estructuras políticas" y arriesgarse a perder la «supremacía política, social y económica de la que gozaban.[...] La Ley Electoral de Maura venía así a defender el viejo orden político liberal».[22] Así pues, según Manuel Suárez Cortina, el resultado de la reforma electoral fue que se «dificultó la competencia electoral y la apertura hacia nuevas fuerzas sociales y políticas».