Iniciativa legislativa popular en España

La Iniciativa legislativa popular en España está regulada a nivel nacional y provincial.

La misma examina la documentación remitida y se pronuncia en el plazo de 15 días sobre su admisibilidad.

La comisión promotora puede entablar recurso de amparo contra la no admisibilidad ante el Tribunal Constitucional.

Por último, el Estado compensa a los promotores los gastos realizados en la difusión y recolección de firmas, siempre que se alcance el número de firmas requerido y se inicie la tramitación parlamentaria.

En el artículo 87.3 de la Constitución Española se establecen algunas prohibiciones sujetas a iniciativa popular.