El Gobierno de Panamá, denominado como Gobierno Central según la Constitución Política[4] y también conocido como Gobierno Nacional,[nota 3] es el órgano constitucional que encabeza el poder ejecutivo de la República de Panamá y dirige la administración pública a nivel nacional.
Sus funciones incluyen, según las disposiciones de la Constitución Política, determinar la política interior y exterior; coordinar la administración pública, ejercida mediante los ministerios o por organismos autónomos y fiscalizadores; regular el funcionamiento de las cinco ramas de las Fuerzas Públicas, ejercer la iniciativa legislativa para proponer proyectos de ley a la Asamblea Nacional; consensuar y proponer, para su aprobación por la Asamblea Nacional, el Presupuesto General del Estado; entre otras establecidas.
Según la separación de poderes, el Gobierno Central es políticamente independiente de los otros dos Órganos del Estado y se regulan entre sí para garantizar el funcionamiento ordinario del poder público.
[10][11] El Órgano Ejecutivo y, por extensión, el Gobierno Central, es establecido por el Título VI de la Constitución Política[12] y está constituido por: Existen ocho organismos fiscalizadores con total independencia operativa del Gobierno Central, pero ejercen competencias que generalmente son consideradas como propias del poder ejecutivo:[13] El Consejo de Ministros, denominado como Consejo de Gabinete según la Constitución Política,[nota 4] es el órgano colegiado plenario del Gobierno Central.
Reúne al presidente y vicepresidente de la República; al igual que los ministros de Estado, que a su vez, ejercen como las máximas autoridades de los ministerios del Gobierno Central.