Fuero parlamentario

Sin embargo, a diferencia del fuero, los parlamentarios no tienen inmunidad de enjuiciamiento penal.

[3]​ Relacionandola con el Fuero existente en México, deberá declararse la Inconstitucionalidad, con respecto a qué en cuanto, se ordene o se remita penalmente, en particular a cualquier funcionario público con fuero Constitucional , deberán ser juzgados aboliendo dicho fuero e incrementar al doble la sanción del delito del supuesto.

Como forma de evitar estas injerencias, se establecieron medidas que impedían que pudiese ser encausado ningún parlamentario si previamente el propio Parlamento no daba su visto bueno y que, en el caso de ser encausado, estuviese sometido a algún orden jurisdiccional específico (normalmente el Tribunal de mayor jerarquía).

La Constitución de la Nación Argentina establece los fueros parlamentarios en sus artículos 68 a 70.

Esto no se aplica a los crímenes cometidos antes de que el diputado asuma el cargo.

Los miembros del Congreso Nacional, así como otros políticos de alto nivel son procesados y juzgados exclusivamente por la Corte Suprema, en contraposición a los tribunales inferiores.

En Costa Rica, el Diputado no es responsable por las opiniones que emita en la Asamblea Legislativa.

Durante las sesiones parlamentarias no puede ser arrestado por causa civil, salvo autorización de la propia Asamblea Legislativa o que el diputado lo consienta.

Desde que sea declarado electo propietario o suplente, hasta que termine su período legal, no podrá ser privado de su libertad por motivo penal, sino cuando previamente haya sido suspendido por la Asamblea.

Esta inmunidad parlamentaria no surte efecto en el caso de flagrante delito, o cuando el diputado la renuncia.

Sin embargo, el diputado que haya sido detenido por flagrante delito, será puesto en libertad si la Asamblea lo ordenare.

Tiene similitud con el llamado privilegio parlamentario del Sistema Westminster de Inglaterra.

[14]​ La Constitución de la República Oriental del Uruguay establece los fueros parlamentarios en los artículos 112, 113, 114 y 115.