Estatuto de los Trabajadores (España)
Cumplir con las obligaciones concretas del puesto de trabajo, con buena fe y diligencia, observar las medidas de seguridad e higiene establecidas, cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas, no concurrir con la actividad de la empresa, contribuir a la mejora de la productividad, y los derechos concretos que deriven del contrato de trabajo.Se entiende por trabajador el humano que voluntariamente presta sus servicios de modo personal y directo en régimen de ajeneidad y dependencia a un empresario o empleador a cambio de una retribución (artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores).Para ser trabajador hay que poseer personalidad jurídica y capacidad jurídica por lo que el Derecho laboral se remite a las reglas del Código Civil al efecto.Como hemos visto, el Estatuto de los Trabajadores excluye del ámbito laboral asalariado, es decir, como trabajadores, a los individuos menores de dieciséis años (artículo 6.1 ET), salvo autorizado excepcionalmente por la autoridad laboral para el ejercicio de espectáculos públicos (art.Respuesta sindical, Huelga general de 4 horas 20 de junio de 2002 convocada por los sindicatos UGT y CC.OO. CGT y CNT convocaron ese mismo día un paro de 24 horas.