Para obtener la capacidad de ejercicio deben cumplirse ciertos requisitos que la ley señala.
En cuanto a las sucesiones, puede estarse incapacitado para heredar si se cumplen ciertas condiciones, como haber cometido un delito en perjuicio del titular de la herencia, o bien haber sido el médico o sacerdote personal del fallecido.
En los casos anteriores se dice que quienes estén en ese supuesto son "incapaces" o están en estado de interdicción.
Por lo general, solo los estados soberanos se consideran sujetos de derecho internacional, pero los pueblos y las naciones no lo son.
Aunque, en consecuencia, los pueblos no se consideran entidades jurídicas, tienen derecho de autodeterminación.