Nace así la Dirección y Mando del Territorio Marítimo, entonces concebido como un único departamento.
El 21 de mayo de 1978, se promulga la "Ley de Navegación", reemplazando a la anterior que tenía cien años, lo que introdujo nuevas e importantes concepciones jurídicas en la legislación marítima chilena y asignó nuevas funciones al Servicio del Litoral.
Esta Ley define a la Autoridad Marítima chilena reconociendo como tal al director general, a los gobernadores marítimos y capitanes de puerto; asigna la representación oficial del Estado en asuntos marítimos e incorpora funciones para la preservación de la ecología del mar.
Entrega además su actual denominación: Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
También le compete a este organismo efectuar todas las acciones que tengan como propósito preservar los recursos hidrobiológicos que se encuentran en aguas de jurisdicción chilena y administrar el borde costero, guardando los tratados de protección del medio ambiente marino y litoral que Chile ha suscrito.