[3] Posteriormente, tras la creación del Ministerio de Trabajo en 1920, el Instituto quedó en segundo plano, creando una dualidad de organismos que se solucionó en 1924, cuando ambos organismos se refundieron.
[4] Así, las direcciones generales pasaron a serlo del Ministerio, renombrándose como «Dirección General de Trabajo y Acción Social», al asumir competencias sobre previsión social, seguros y emigración.
Las competencias inspectoras se independizaron en un órgano de igual nivel administrativo, la Inspección General del Trabajo.
La Dirección General se reformaba de tal forma que se componía de ocho secciones: «Organización Corporativa Nacional», «Reglamentación del Trabajo», «Cooperación», «Previsión, Seguros sociales y familias numerosas», «Servicio de Casas baratas y económicas», «Estadísticas especiales del Trabajo», «Servicio internacional del Trabajo» y «Asesoría general de Seguros contra accidentes del trabajo».
[13] En 1945 se vuelve a ampliar creando la secretaría técnica de Política Laboral.
[14] Otra reforma menos relevante se lleva a cabo en 1947.