Constitución de Bolivia de 2009

El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo.En la constitución se establecen cuatro niveles de administración: departamental (en departamentos), regional (en provincias), municipal (en municipios) y territorios indígena originarios campesinos.[18]​[19]​ La nueva autonomía implica además la elección directa de las autoridades y el derecho a administrar sus recursos naturales.En contraparte, la oposición ha señalado que estas reformas dividen al país en 36 territorios, junto con restarle a los departamentos sus competencias autonómicas.Además, convierte el acceso al agua y el alcantarillado en derechos humanos, siendo estos servicios que no serán objeto de privatización o concesión.Son idiomas oficiales del Estado el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que son el aymaray Quechua La constitución asigna el papel de capital del país a Sucre, no señalándose a La Paz en el texto.Sin embargo, y debido a que el Palacio Quemado (sede del poder ejecutivo boliviano) se encuentra en La Paz, esta última pasa a convertirse en la capital administrativa de facto, mientras que Sucre se mantiene como la capital histórica constitucional.La constitución también establece la figura de la revocación, permitiendo someter a referendo algún cargo que esté objetado.[33]​ El texto incluye además el requerimiento de referendos populares para aprobar algunos temas sensibles, lo que se establece en el siguiente artículo:Requerirán de aprobación mediante referendo popular vinculante previo a la ratificación los tratados internacionales que impliquen: Un cambio importante en la nueva constitución es la introducción de todo un artículo dedicado a la coca.El artículo señala: Para la adecuada aplicación de la nueva Constitución Política del Estado fueron aprobadas las siguientes leyes estructurales:
La Wiphala , bandera tradicional de algunos pueblos andinos, es reconocida también como símbolo del Estado en la Constitución de 2009, artículo 6 (II) .