Consejo de Hacienda

Este consejo fue instituido por el rey Carlos I en 1523, aunque no recibió ordenanzas formales para su regulación hasta el reinado de Felipe II,[2]​ por lo que será inestable durante todo el siglo, regulado por múltiples disposiciones, hasta que las ordenanzas de El Pardo de 1593 fijen su planta y atribuciones.

Durante este periodo, su composición variará ostensiblemente, estando formado por un Presidente y varios Consejeros, entre los que destacan las figuras del Secretario, el Tesorero General, el Escribano de Finanzas y dos Contadores de Hacienda.

La vida de este organismo seguirá siendo regulada por múltiples disposiciones (1621,1635, 1651, 1647, 1691), constituyendo las principales novedades del periodo la organización del Consejo en Salas de Gobierno y Justicia y la organización de la Comisión de Millones como sala independiente (1658).

Tras la reforma de 1803,[1]​[3]​ en la que recibe el vacío nombre de Consejo Supremo de Hacienda, se le dio nueva autoridad y lustre e igualdad en grado a los de Castilla e Indias, componiéndolo de un gobernador o presidente, once ministros de capa y espada, diez togados y tres fiscales, distribuidos en varias salas y concediéndole el conocimiento de varios negocios.

[1]​ Las competencias fundamentales de la institución son: