Los técnicos tienen herramientas de cálculo que les permiten efectuar el certificado energético.Con estos datos previos, los programas de certificación energética tienen en consideración las condiciones climáticas del lugar en cuestión, sumado a las bases de datos que llevan incorporadas.Por tanto será obligatoria su obtención para los edificios existentes a los que corresponda disponer del Informe (ver disposición transitoria primera de la Ley).Estos son: Están exentos los siguientes edificios: El certificado de eficiencia energética del edificio debe: Los certificados obtenidos bajo la anterior legislación (RD 47/2007) siguen siendo válidos para el periodo inicialmente indicado.El certificado tiene una validez máxima de 10 años y son las comunidades autónomas las responsables de regular la renovación o actualización, que en todo caso es responsabilidad del propietario.En el caso de alquiler para vacaciones, no es necesario indicar la calificación, porque el edificio está exento (aclaración 6.6) El artículo 1.3 apartado p y art.7 y 8 del Procedimiento, contenido en el Real Decreto 235/2013 no acota los profesionales habilitados para la certificación de edificios.Todos los documentos del certificado deben estar firmados por el mismo técnico.La cuantía de las sanciones oscila entre: Además se incluyen ciertos modificadores por reincidencia.