Causa de los cuadernos

En enero de 2019 se conoció otra causa penal en la que se investigaba al falso abogado Marcelo D'Alessio, quien afirmaba intervenir en nombre del fiscal de la causa de los cuadernos Carlos Stornelli, extorsionando a varios empresarios a los que requería la entrega de dinero (coimas) para que no se los detuviera durante la misma; D'Alessio prestó declaración y fue detenido y procesado por el juez Alejo Ramos Padilla, en tanto que Stornelli fue imputado por la extorsión, "operaciones de inteligencia y espionaje ilegales" por el mismo juez, pero se negó a comparecer a las citaciones que se le hicieron para que declare.[1]​ En febrero de 2024 se dio a conocer a las partes de la causa un Acta Notarial, entregada al Juzgado Federal número 7 el 3 de marzo de 2023 sin que se hiciera pública en ese momento, en donde se manifiesta la coerción con la que se presionó a los imputados (en este caso Mario Rovella) para que declararan coimas o irregularidades, por más que no hubieran existido.Luego otros dos imputados, Carlos Wagner y Roggio, presentaron escritos semejantes.[2]​ La causa principal, en la cual se investigaron sobreprecios en la compras de Gas Natural Licuado, fue iniciada en 2017 en el mismo juzgado.Página 12 afirmó que el juez se basó en una pericia supuestamente falsa –que comparó el precio pagado con uno "que de ninguna manera debió utilizarse", se basó en una tesis realizada por dos estudiantes chilenos, plagió fuentes y cometió todo tipo de error–,[3]​ por la cual se le quitaron los fueros a Julio De Vido y se lo encarceló junto también a Roberto Baratta,[4]​ trabajador del Ministerio de Planificación.[17]​ Como consecuencia de la orden inicial quedaron detenidos los funcionarios o empleados públicos: Roberto Baratta, Oscar Centeno, Walter Fagyas, Hugo Martín Larraburo, Enrique Llorens y Néstor Lazarte y los empresarios Javier Sánchez Caballero, Gerardo Ferreyra, Claudio Javier Glazman, Jorge Guillermo Neira, Armando Roberto Loson y Carlos Mundín.[21]​[22]​ Según esta norma, el Tribunal no podrá fundamentar una condena únicamente en las manifestaciones efectuadas por el imputado arrepentido, sino que al hacerla valer el juez deberá indicar de manera precisa y fundada su correlación con las restantes pruebas en que se sustenta la condena.Varias de las defensas marcan que esto refleja el apriete y extorsiones realizadas a los acusados.P Gutiérrez y Álvarez sí quedaron procesados por encubrimiento agravado, en tanto que a Copetti lo procesaron por tenencia de armas de guerra Empresarios aceptados como imputados colaboradores.El caso pasó a fines del año 2019, a la etapa de juicio oral, ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7, a cargo de los jueces Enrique Mëndez Signori, Fernando Canero y Germán Andrés Castelli, sin que se haya fijado fecha de celebración del debate.[58]​[61]​ Esta supuesta organización criminal habría realizado -según los denunciantes anónimos- actividades conspirativas contra el fiscal desde la cárcel.