Las aljamas ―que en árabe ŷāma'aʻ significa ‘ayuntamiento’ o ‘reunión de gente’― eran las entidades autónomas (en hebreo cahal) en las que se agrupaban las comunidades judías durante la Edad Media en la península ibérica y las islas Baleares en las que se regían la vida de sus miembros, vigilando que sus costumbres y su moral se ajustaran a lo establecido por la religión judía.[2] Por su parte Agustín Torreblanca ha advertido que tampoco debe confundirse con judería pues la aljama «agrupaba no sólo a los habitantes de un barrio sino también a personas que vivían en aldeas o caseríos circundantes».Las aljamas tenían sus propios magistrados que desempeñaban las tareas administrativas, incluyendo el reparto de los impuestos, y se regían por sus propias normas jurídicas basadas en el Talmud y la Torá interpretados por los rabinos.Así en 1432 en la asamblea celebrada en ese año en Valladolid se aprobó el Ordenamiento de las Aljamas.[4] Por otro lado, en ambas coronas las aljamas fueron siendo controladas por una oligarquía formada por familias distinguidas que monopolizaba los concejos lo que suscitó tensiones sociales y religiosas —se acusó a este patriciado urbano judío de relajamiento moral— porque las capas más bajas aspiraban a participar en el gobierno de las aljamas y a un reparto más equitativo de los impuestos que se pagaban a la Corona, bajo cuya protección se encontraban.