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Comisión de Venecia

La Comisión de Venecia , oficialmente Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho , es un órgano asesor del Consejo de Europa , compuesto por expertos independientes en el campo del derecho constitucional . Fue creado en 1990 tras la caída del Muro de Berlín , en un momento de urgente necesidad de asistencia constitucional en Europa Central y Oriental .

Creación

La idea de crear una Comisión para la Democracia a través del Derecho como un grupo de expertos en derecho constitucional fue concebida por el entonces Ministro de Políticas Comunitarias de Italia, Antonio Mario La Pergola . [2] La elección del nombre se basó en la teoría de La Pérgola que expresaba que las democracias sostenibles sólo podrían construirse en un marco constitucional basado en el Estado de derecho .

La propuesta formal para la creación de la comisión fue hecha por el ministro italiano de Asuntos Exteriores , Gianni De Michelis , quien invitó a los demás ministros de Asuntos Exteriores del Consejo de Europa a la Conferencia para la Creación de la Comisión Europea para la Democracia mediante el Derecho que Se celebró en la Fundación Giorgio Cini en San Giorgio Maggiore , Venecia , del 31 de marzo al 1 de abril de 1989. En esta reunión, los ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia se reunieron con representantes de los Tribunales Constitucionales de los 21 países del Consejo de Europa .

El comité de ministros, que busca ayudar a los países de Europa central y oriental , aprobó la creación de la Comisión como acuerdo parcial en la sesión celebrada en Venecia del 19 al 20 de enero de 1990. Los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia de Bulgaria , Checoslovaquia , Hungría En esta reunión también participaron como observadores , Polonia , la República Democrática Alemana , Rumania , la Unión Soviética y Yugoslavia .

El 10 de mayo de 1990, los ministros de 18 países ( Austria , Bélgica , Chipre , Dinamarca , España , Finlandia , Francia , Grecia , Irlanda , Italia , Luxemburgo , Malta , Noruega , Portugal , San Marino , Suecia , Suiza y Turquía ) del Consejo de Europa adoptó el estatuto de la Comisión.

Estados miembros

  Miembro
  Miembro asociado
  Observador
  Estatus especial o cooperación

Comenzando con 18 estados miembros , pronto todos los estados miembros del Consejo de Europa se unieron a la Comisión de Venecia y desde 2002 los estados no europeos también pueden convertirse en miembros de pleno derecho. En 2023, la Comisión cuenta con 61 estados miembros: los 46 estados miembros del Consejo de Europa y otros 15 países. [3] Hay cuatro observadores. La Autoridad Nacional Palestina y Sudáfrica tienen un estatus de cooperación especial. [4] En las sesiones plenarias de la Comisión participan la UE, OSCE / OIDDH y OEA (Organización de Estados Americanos).

Miembros

Los miembros son "académicos de alto nivel, en particular en los campos del derecho constitucional o internacional, jueces del tribunal supremo o constitucional o miembros de parlamentos nacionales". [5] [6] Actuando en la Comisión a título individual, los miembros son nombrados por cuatro años por los países participantes. Los miembros actuales y anteriores incluyen, entre otros académicos y jueces notables: [7]

Liderazgo

Antonio Mario La Pergola fue el primer presidente de la Comisión de Venecia. Jan Erik Helgesen, [10] profesor de la Universidad de Oslo, fue presidente de la Comisión durante varios años, hasta 2009, y más tarde se convirtió en vicepresidente primero. De diciembre de 2009 a diciembre de 2021, Gianni Buquicchio ocupó la presidencia. [11] Claire Bazy-Malaurie es presidenta desde diciembre de 2021. [1]

Simona Granata-Menghini es la actual Directora y Secretaria de la Comisión. El Secretario dirige la secretaría de la Comisión en la sede del Consejo de Europa en Estrasburgo . [ cita necesaria ]

La función principal de la Comisión es brindar asistencia constitucional a los estados miembros. Esta ayuda se presenta principalmente en forma de Opiniones. Estos Dictámenes se refieren a proyectos de constitución o enmiendas constitucionales, o a otros proyectos o leyes vigentes. Los dictámenes de la Comisión de Venecia sobre países específicos cubren una amplia gama de temas: el sistema de controles y contrapesos y las relaciones entre las diferentes ramas del poder, la organización territorial de los Estados, los principios del Estado de derecho, los derechos y libertades fundamentales, la organización de los órganos de justicia constitucional, la gobernanza del poder judicial y del ministerio público, el estatuto y atribuciones de los defensores del pueblo, las reformas del sistema electoral, la reglamentación de los partidos políticos y los referendos, etc. A petición de un tribunal constitucional o del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Comisión también puede proporcionar escritos amicus curiae sobre cuestiones de derecho constitucional e internacional comparado relacionadas con un caso bajo consideración.

Las solicitudes de opinión proceden de los Estados participantes y de los órganos estatutarios del Consejo de Europa o de organizaciones u organismos internacionales que participan en los trabajos de la Comisión de Venecia. Los dictámenes adoptados por la Comisión no son vinculantes, pero son seguidos en su mayoría por los Estados miembros. [ cita necesaria ]

Las áreas de actividades de la Comisión son las siguientes: [ cita necesaria ]

Instituciones democráticas y derechos fundamentales

El objetivo de la asistencia prestada por la Comisión de Venecia es proporcionar un análisis completo, preciso y objetivo de la compatibilidad de las leyes y disposiciones constitucionales con las normas europeas e internacionales, pero también de la viabilidad y viabilidad de las soluciones previstas por los Estados interesados. .

Método de trabajo

El método de trabajo adoptado por la Comisión a la hora de emitir dictámenes consiste en nombrar un grupo de trabajo de ponentes (principalmente entre sus miembros) que asesora a las autoridades nacionales en la preparación de la ley pertinente. Después de discusiones con las autoridades nacionales y las partes interesadas del país, el grupo de trabajo prepara un proyecto de opinión sobre si el texto legislativo cumple con los estándares democráticos en su campo y sobre cómo mejorarlo sobre la base de la experiencia común. El proyecto de opinión es discutido y adoptado por la Comisión de Venecia durante una sesión plenaria, generalmente en presencia de representantes de ese país. Una vez adoptado, el dictamen se hace público y se transmite al organismo solicitante.

Enfoque no directivo

Aunque sus opiniones se reflejan generalmente en la legislación adoptada, la Comisión de Venecia no impone sus soluciones, sino que adopta un enfoque no directivo basado en el diálogo. Por esta razón, el grupo de trabajo normalmente visita el país en cuestión y se reúne con los diferentes actores políticos involucrados en el tema para garantizar la visión más objetiva de la situación.

Resolución de conflictos brindando asesoramiento legal.

Un acuerdo político que resuelva un conflicto debe estar respaldado por un texto legal viable. También es posible que un acuerdo sobre un texto legal fomente una solución política. Por esta razón la Comisión de Venecia presta especial atención a los países que están atravesando o han atravesado conflictos etnopolíticos. En este contexto, a petición de la Unión Europea, la Comisión de Venecia ha desempeñado un papel importante en el desarrollo e interpretación del derecho constitucional de Bosnia y Herzegovina , Macedonia del Norte , Serbia y Montenegro , así como el de Kosovo . También ha participado en los esfuerzos por resolver los conflictos sobre el estatus de Abjasia y Osetia del Sur en Georgia y Transnistria en Moldavia .

La Comisión redacta dictámenes, inicia estudios y organiza conferencias, entre otras cosas, sobre:

Elecciones, referendos y partidos políticos

El trabajo de la Comisión en el ámbito de las elecciones, referendos y partidos políticos está dirigido por el Consejo para Elecciones Democráticas (CDE). El CDE es un organismo tripartito único compuesto por representantes de la Comisión de Venecia, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) y el Congreso de Autoridades Locales y Regionales del Consejo de Europa . El objetivo del Consejo para las Elecciones Democráticas es garantizar la cooperación en el ámbito electoral entre la Comisión de Venecia como órgano legal y la Asamblea Parlamentaria y el Congreso del Consejo de Europa como órganos políticos, con el fin de promover los valores comunes europeos. en el ámbito de las elecciones: los principios del patrimonio electoral europeo.

La Comisión identifica y desarrolla estándares en el área de elecciones a través de:

Justicia constitucional y ordinaria

Otra rama de las actividades de la Comisión incluye la cooperación con los tribunales constitucionales y órganos equivalentes. Desde su creación, la Comisión de Venecia ha sido consciente de que no basta con ayudar a los Estados a adoptar constituciones democráticas, sino que estos textos deben aplicarse en la realidad. Los actores clave en este campo son los tribunales constitucionales y órganos equivalentes que ejercen jurisdicción constitucional.

La cooperación con los Tribunales Constitucionales, los tribunales ordinarios y los Defensores del Pueblo se realiza a través de:

Estudios, informes y seminarios transnacionales.

Si bien la mayor parte del trabajo de la Comisión es específico para cada país, la Comisión también prepara, por iniciativa propia y a petición de órganos estatutarios como la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, estudios e informes que abordan temas de interés general en los países miembros y Estados observadores. Temas transnacionales también se tratan en los seminarios de Unidem (Universidad para la Democracia) y se publican en la colección Ciencia y Técnica de la Democracia.

Estudios e informes comparativos.

Los estudios comparativos sobre temas relacionados con el funcionamiento de la democracia ofrecen una visión general inicial del derecho en varios países. Un enfoque comparativo de este tipo permite entonces identificar los valores constitucionales que son compartidos en toda Europa y, cuando sea relevante, cualquier área de debilidad. La tercera etapa es la de armonización, en la que, sobre la base de las recomendaciones de la Comisión, los principios en cuestión se incorporan al derecho de aquellos países en los que aún no se han establecido.

Integración de la UE

En junio de 2022, la Unión Europea pidió a los países candidatos de Ucrania [12] y Moldavia , [13] y al país candidato de Georgia [14] que implementaran diversas reformas sugeridas por la Comisión de Venecia para avanzar con la integración en la UE.

Posiciones tomadas

Blasfemia

En 2009, la Comisión de Venecia atrajo una rara cobertura periodística por su opinión de que " la blasfemia no debería ser ilegal". [15]

Elecciones: delimitación de límites

Como parte de su informe, Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho: Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral, Directrices e Informes Explicativos adoptado en octubre de 2002 , la Comisión de Venecia recomendó una serie de consideraciones, [16] también cuando se trata de cuestiones de delimitación de fronteras . [17]

Polonia

Antecedentes y raíces del retroceso democrático

En las elecciones parlamentarias polacas de 2015 se produjo la victoria del Partido Ley y Justicia (PiS) con una mayoría absoluta frente al actual partido Plataforma Cívica . [18] Antes de que se celebraran las elecciones, el partido gobernante Plataforma Cívica modificó la Ley del Tribunal Constitucional que impedía que los jueces fueran elegidos antes de que terminara su mandato. [19] Antes, el partido Plataforma Cívica solo podía nombrar a tres jueces constitucionales, ya que había vacantes en ese momento; sin embargo, según la nueva regla, el partido gobernante nombró a cinco jueces para el Tribunal Constitucional polaco, ya que había dos vacantes que debían abrirse. justo después de las elecciones parlamentarias. [20] Como resultado, estos son los orígenes de la crisis del Tribunal Constitucional polaco que comenzó en 2015.

El nuevo presidente polaco, Andrzej Duda , se negó a que los jueces prestaran juramento y, al mismo tiempo, el Tribunal Constitucional polaco decidió que tres de los cinco jueces fueron elegidos correctamente y debían prestar juramento entre los cinco jueces designados. [21] Sin embargo, ninguno de los jueces prestó juramento ante el Presidente y el gobernante PiS nombró a cinco jueces, aprobando una serie de leyes relacionadas con el Tribunal que la Unión Europea caracterizó en su primera Recomendación sobre el Estado de Derecho por representar un grave problema. amenaza al Estado de derecho en Polonia. [22] Esta legislación incluía alrededor de 6 leyes específicas, que iban desde un requisito de cronología, donde el Tribunal tenía que decidir los casos en el orden en que se presentaban, lo que efectivamente permitía al nuevo gobierno una mayor influencia con las leyes más recientes que había aprobado, hasta un 6 Requisito de meses para que el Tribunal revise las leyes. [23]

Primer dictamen de la Comisión de Venecia

El 23 de diciembre de 2015, el ministro polaco de Asuntos Exteriores, Witold Waszczykowski , solicitó un dictamen de la Comisión de Venecia sobre los cambios propuestos al Tribunal Constitucional polaco . [24] Sin embargo, en ausencia de vacatio legis , entró en vigor la legislación que: a) impidió que las recomendaciones de la Comisión fueran incorporadas y mejoraran la ley antes de que tuviera efectos legales, y b) impuso un mecanismo especial de control al Tribunal Constitucional. que quedó efectivamente inhabilitado para ejercer sus poderes porque los cambios legislativos ya se habían implementado. Para ilustrar este último punto, dado que en ese momento la Corte sólo tenía 12 jueces en ejercicio, no podía revisar la constitucionalidad de las leyes vigentes, ya que la nueva legislación requería un quórum de 13 jueces. [25] Antes de examinar más a fondo los principios de la nueva legislación polaca, y de acuerdo con el mecanismo antes mencionado que efectivamente suspende la eficiencia del Tribunal, la Comisión emitió su Dictamen de 2006 [26] relacionado con el Tribunal Constitucional rumano y sostuvo que " "Hay que garantizar que el Tribunal Constitucional, como garante de la Constitución, siga funcionando como institución democrática". Además, en un dictamen relacionado con el Tribunal Constitucional de Albania que planteaba la cuestión de si los jueces del Tribunal podían participar en la evaluación de la constitucionalidad de las leyes que les afectaban, la Comisión volvió a sostener que "la autorización del Tribunal deriva de la necesidad de garantizar que ninguna ley quede exenta de revisión constitucional, incluidas las leyes que se relacionan con la posición de los jueces..." [27] .

La Comisión comentó específicamente sobre el quórum a través de una lente comparativa. Mencionó que en otros países europeos, como Albania, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bulgaria, la República Checa, Georgia, Hungría, Lituania, la República de Moldavia, Rumania y la Federación de Rusia, parece haber consenso sobre tener dos -tercios como quórum que permitiría al Tribunal Constitucional decidir; el Tribunal Constitucional Federal alemán, por el contrario, exige tres cuartas partes de sus cámaras, compuestas por ocho miembros. [28] Sin embargo, el nuevo requisito introducido por el legislador polaco de que 13 de los 15 jueces tengan quórum va más allá de los estándares establecidos según la Comisión. [29] Si bien los legisladores europeos coinciden en la necesidad de un quórum superior a la mayoría absoluta, la Comisión advierte que los cambios propuestos podrían conducir a la ineficiencia y hacer que el Tribunal sea "disfuncional". [30] Además, la Comisión revisa la "regla de secuencia", la mayoría para adoptar decisiones (2/3), y el retraso en las audiencias, como aspectos procesales, junto con los procedimientos disciplinarios y la composición del Tribunal -todas partes del la nueva legislación. El Dictamen 833/2015 concluye destacando que para lograr controles y equilibrios en una democracia constitucional, se necesita un Tribunal Constitucional independiente, y mientras no exista, "no sólo está en peligro el Estado de derecho, sino también democracia y derechos humanos". [31]

Se reforma el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ)

Según el artículo 186 de la Constitución polaca , el Consejo Nacional del Poder Judicial (CNJ) es un órgano constitucional que "salvaguardará la independencia de los tribunales y jueces". [32] Sus principales responsabilidades residen en el nombramiento de jueces, la revisión de las normas de ética profesional relativas al poder judicial, una visión general de cualquier asunto judicial y, en general, la protección de la independencia del poder judicial polaco, garantizando así que se respete el estado de derecho dentro de esta rama. del gobierno. [33]

El 20 de enero de 2017, el gobierno polaco anunció una reforma integral del poder judicial en Polonia, que incluía a la CNJ. Este proceso de cambios legislativos se vio favorecido por las acciones de la nueva composición del Tribunal Constitucional polaco, que en su decisión K5/17 declaró "inconstitucional" el Estatuto de la CNJ, lo que allanó el camino para la nueva legislación. [34] Entre los cambios más controvertidos estaban las reglas sobre la composición de este organismo, mediante las cuales la adopción de esta legislación obligó a la finalización prematura del mandato de los miembros contemporáneos y politizó aún más el proceso de elección de los nuevos. [35] En resumen, en un período de sólo dos años después de la elección del PiS ha habido 13 leyes que transformaron el poder judicial y la estructura del sistema de justicia polaco, desde el Tribunal Constitucional, la CNJ, hasta los tribunales inferiores de todo el país. [36] Como resultado, la Comisión Europea ha establecido que la constitucionalidad de la legislación nacional "ya no puede garantizarse" y la independencia del poder judicial ha sido socavada. [36]

Opinión de la Comisión de Venecia sobre las reformas de la CNJ

El Presidente de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) ha solicitado a la Comisión de Venecia que emita una opinión sobre la compatibilidad de las reformas de la CNJ en consonancia con los estándares del Estado de derecho del Consejo de Europa. [37] Al observar el nuevo método de elección de los miembros de la CNJ, la terminación anticipada del mandato de los miembros actuales, la creación de nuevas salas, la jubilación anticipada de los jueces superiores y la revisión extraordinaria de sentencias firmes, entre otros, la Comisión ha emitido el Dictamen 904/2017, donde subraya claramente que "el poder judicial debe estar protegido de los vientos políticos que cambian rápidamente". [37] Además, hacia el final la Comisión se centra en el rompecabezas jurídico polaco en su conjunto y concluye que "cada una de ellas [las nuevas leyes]... [pone] en grave riesgo la independencia de todas las partes del poder judicial en Polonia". [37]

Legislación sobre libertades religiosas en Montenegro

Desde 2015, la Comisión de Venecia participó en el proceso de reforma legislativa y regulación de diversas cuestiones jurídicas relacionadas con las libertades religiosas y los derechos de las comunidades religiosas en Montenegro . La primera opinión del VC sobre el proyecto de ley inicial sobre libertad de religión en Montenegro se emitió en noviembre de 2015. [38] Fue seguida por un período prolongado de consultas internas y deliberaciones adicionales en Montenegro, que resultaron en la creación de un nuevo proyecto. ley, a la que siguió otro dictamen del VC, emitido en junio de 2019, [39] recomendando diversas mejoras y aclaraciones. [40]

Ver también

Referencias

  1. ^ ab "Claire Bazy Malaurie elegida nueva presidenta de la Comisión de Venecia". 2021-12-10. Archivado desde el original el 16 de junio de 2022.
  2. ^ Comisión de Venecia - Durr 2010
  3. ^ "Comisión de Venecia :: Consejo de Europa".
  4. ^ "Miembros de la Comisión de Venecia". Oficina de Tratados del Consejo de Europa: Miembros del Acuerdo Parcial "Comisión de Venecia" . Consejo Europeo . Consultado el 10 de septiembre de 2023 .
  5. ^ "Comisión de Venecia :: Consejo de Europa".
  6. ^ [1] Archivado el 3 de septiembre de 2011 en Wayback Machine .
  7. ^ [2] Archivado el 13 de octubre de 2011 en Wayback Machine .
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  16. ^ De suma importancia son las directrices emitidas, en materia electoral, por la "Comisión de Venecia" (Comisión Europea para la Democracia por el Derecho), que en 2002 indicó cuándo una restricción del derecho al voto sería, a su juicio, aceptable: Buonomo , Giampiero (2015). "Sul diritto elettorale, l'Europa ci guarda". Diritto Pubblico Europeo Rassegna en línea . Archivado desde el original el 24 de marzo de 2016 . Consultado el 13 de abril de 2016 .
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Otras lecturas

enlaces externos