La Constitución Política de la República Mexicana de 1857 ( en español : Constitución Política de la República Mexicana de 1857 ), a menudo llamada simplemente Constitución de 1857 , fue la constitución liberal promulgada en 1857 por el Congreso Constituyente de México durante la presidencia de Ignacio Comonfort . Ratificada el 5 de febrero de 1857, [1] la constitución estableció derechos individuales , incluido el sufragio universal masculino , [2] y otros como la libertad de expresión , la libertad de conciencia , la libertad de prensa , la libertad de reunión y el derecho a portar armas . También reafirmó la abolición de la esclavitud , las cárceles de deudores y todas las formas de castigo cruel e inusual como la pena de muerte . La constitución fue diseñada para garantizar un gobierno central limitado por el federalismo y creó un congreso nacional fuerte, un poder judicial independiente y un ejecutivo pequeño para evitar una dictadura . Los ideales liberales significaron que la constitución enfatizaba la propiedad privada de los individuos y buscaba abolir la propiedad común de las entidades corporativas, principalmente la Iglesia Católica y las comunidades indígenas , incorporando el impulso legal de la Ley Lerdo en la constitución.
Varios artículos eran contrarios a los poderes tradicionales de la Iglesia católica, como el fin del catolicismo como religión oficial , el establecimiento a nivel nacional de la educación pública secular, la eliminación de los fueros institucionales (privilegios legales) y la venta forzada de la propiedad de la Iglesia. Los conservadores se opusieron firmemente a la promulgación de la constitución, que polarizó a la sociedad mexicana. La Guerra de Reforma (1858-1860) comenzó como resultado, con los liberales ganando en el campo de batalla sobre los conservadores. Los conservadores perdedores buscaron otra forma de volver al poder, y sus políticos invitaron a Maximiliano I de México , un Habsburgo , a establecer una monarquía mexicana con el apoyo de la Iglesia. [3] El gobierno republicano en el exilio interno estaba encabezado por el presidente Benito Juárez como el gobierno mexicano legítimo bajo la constitución. Con el derrocamiento de los franceses y la derrota de los conservadores en 1867, la República Restaurada fue gobernada nuevamente bajo la Constitución de 1857. La constitución fue duradera, pero sus disposiciones no siempre se siguieron en la práctica. Fue revisada en 1874 para crear un Senado y permaneció como constitución de México hasta 1917, aunque muchas de sus disposiciones dejaron de aplicarse.
Tras derrocar la dictadura de Antonio López de Santa Anna en 1855, los liberales buscaron implementar su ideología en nuevas leyes y tuvieron brevemente a Juan Álvarez en la presidencia. Tal como se estableció en el Plan de Ayutla , éste convocó al Congreso Constituyente el 16 de octubre para establecer su sede en Dolores Hidalgo y redactar una nueva constitución que plasmara el liberalismo. Al año siguiente, el presidente en funciones , Ignacio Comonfort , respaldó el llamado a trasladar la sede a la Ciudad de México . [4]
El Congreso estaba dividido en dos facciones principales. La mayoría de los miembros eran liberales moderados y planeaban restaurar la Constitución de 1824 con algunos cambios. Algunas de las figuras prominentes fueron Mariano Arizcorreta, Marcelino Castañeda, Joaquín Cardoso y Pedro Escudero y Echánove. Sus oponentes eran los liberales puros , [5] que querían hacer una constitución completamente nueva. Entre ellos estaban Ponciano Arriaga , Guillermo Prieto , Francisco Zarco, José María Mata y Santos Degollado . Las discusiones fueron acaloradas y duraron más de un año. [4]
El presidente Comonfort interfirió a través de sus ministros en favor de la facción moderada, que él prefería. [6] A pesar de la oposición del poder ejecutivo y de la minoría, los liberales puros lograron que sus propuestas incluyeran con éxito: la prohibición de compra de propiedades por corporaciones eclesiásticas, la exclusión del clero en cargos públicos, la abolición de los fueros eclesiásticos y militares [a] ( Ley Juárez ), y la libertad de religión .
Esas reformas eran contrarias a los intereses de la Iglesia católica . Durante las sesiones del Congreso, una insurrección del clero apoyada por los conservadores, los más acérrimos opositores de los liberales, cobró fuerza en Zacapoaxtla y Puebla . Comonfort envió tropas federales y derrotó a los rebeldes. [7]
La Constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1857, [8] pero el clero amenazó con que quien jurara la Constitución sería excomulgado. [9]
La Constitución de 1857, con 8 títulos y 128 artículos, era similar a la de 1824. Se implantaban de nuevo tanto el federalismo como el republicanismo representativo y existían 23 estados , un territorio y el distrito federal . Se apoyaba la autonomía de los municipios en los que se dividía políticamente cada estado. Estos eran los artículos más relevantes:
A pesar de los problemas en Texas, algunos diputados propusieron sin éxito una ley que otorgaba ciertos derechos a la colonización extranjera argumentando que el país necesitaba ser colonizado. [4]
En 1841, el juez mexicano Manuel Crescencio Rejón ( español : Manuel Crescencio García Rejón ) contribuyó decisivamente a colocar el amparo inaugural en la constitución de la República de Yucatán (ahora Estado de Yucatán ), un procedimiento adoptado para fortalecer la aplicación judicial de los derechos individuales. en ese estado. [12] [13] [14] En 1847, Rejón (de Yucatán) y Mariano Otero (considerado el "segundo padre del Amparo [15] ) fueron miembros de la comisión de seis miembros designada para redactar la nueva Constitución Federal de 1857, que derogó las Siete Leyes. [16] Tomando prestada la Constitución de Yucatán, Otero promovió un procedimiento de amparo, conocido como Fórmula Otero , a nivel nacional como parte de la Ley de Reformas ( " Acta de Reformas " ) . ") (artículo 25 [17] ), que fue aprobado casi universalmente. [18] La "Fórmula Otero", una disposición de la Ley de Reformas que persiste hasta hoy, preveía que la protección otorgada por una sentencia de amparo no debía contener declaraciones generales sobre la ley o acto denunciado, por lo que no tiene ningún efecto más allá de impedir la aplicación de la ley constitucionalmente defectuosa a la parte inmediata denunciante. [19] La Reforma de 1847 Ley que incorporó y modificó oficialmente la Constitución Federal de 1824 (que no mencionaba el amparo [20] ), para que entrara en vigor mientras se redactaba la siguiente constitución (la de 1857). La constitución de 1857 fue la primera "constitucionalización" de un recurso de amparo en México. . [21] [20]
Amparo es la palabra española para "protección" [22] (literalmente también "favor", "ayuda", [23] "defensa", [24] "refugio" o "ayuda" [25] ). El concepto jurídico genérico de " amparo " es la enunciación de garantías individuales y los procedimientos judiciales para proteger esos derechos. La sección 101 de la constitución de 1857 estableció que el amparo procederá únicamente contra violaciones de derechos individuales. La división consciente del amparo en dos secciones en la Constitución mexicana de 1857, a diferencia de la Constitución de los Estados Unidos, significó que, aunque protege contra la violación de privilegios constitucionales, no puede emitir una orden para mantener el respeto por los tratados y las leyes. [26]
La Constitución de 1857 disponía que posteriormente se dictara una ley especial relativa al procedimiento y regulación del juicio de amparo. [27] Esta ley de amparo se dividía en cuatro secciones: 1) violaciones a los derechos individuales; 2) violaciones a la soberanía estatal; 3) violaciones al Poder de la Unión; y 4) decisiones y sentencias. [28] La primera Ley de Amparo tuvo poca vigencia debido a la intervención francesa, [29] primero por la guerra en la que se encontraba entonces envuelta la nación, y después por el establecimiento del Imperio bajo Maximiliano de Austria que suspendió el gobierno constitucional. [30] El Secretario de Justicia redactó y presentó una nueva ley a finales del año 1868, la cual fue aprobada por el Congreso y promulgada el 20 de enero de 1869. [31] Esta ley era más sencilla en su procedimiento, estableciendo un solo juicio que se juzgaría en un procedimiento sumario por los juzgados de distrito del poder judicial federal. [32] Esto también fue reemplazado por una ley de amparo en 1882, [29] promulgada el 14 de diciembre de 1882 y efectiva al año siguiente. [33] El uso del recurso legislativo de Apmaro aumentó significativamente durante la vida de la constitución de 1857, por ejemplo, en 1869 solo se decidieron 123 demandas, en 1880, solo un poco más de una década después, el número de casos había aumentado a 2,108, y en un período de tres meses desde junio de 1901 hasta agosto de 1901 hubo 957 demandas de amparo escuchadas y decididas. [34] En 1897, se promulgó el primer Código Federal de Procedimiento Civil, que incluía una demanda de amparo, derogando así efectivamente la ley de 1882, [35] seguida por una disposición similar del Código Federal de Procedimiento Civil en 1908, [36] que reflejaba la jurisprudencia de la Suprema Corte. La legislación sobre el recurso de amparo transformó al amparo de “un instrumento carente de contornos precisos a un verdadero procedimiento dirigido a reprimir actos oficiales violatorios, con especial énfasis en la protección de la vida y la libertad de los ciudadanos”. [37]
La Constitución de 1857 sirvió como un modelo importante para la posterior constitución actual de 1917 , estableciendo una base firme para el amparo. [38] La constitución de 1917 sigue en gran medida la constitución de 1857 en orden de artículo y texto, solo argumentando y aclarando ciertas cláusulas. [39] Por lo tanto, ambas disposiciones de amparo aparecieron en la posterior constitución mexicana de 1917, es decir, el artículo 101 (versión de 1857) era idéntico al artículo 103 (versión de 1917); y el artículo 102 (versión de 1857) correspondía al artículo 107 (1917), con enmiendas [40] Actualmente, el amparo existe en otros 17 países, sin embargo, no existe un mecanismo comparable en el derecho consuetudinario. [41] [42]
Al momento de la promulgación de la Constitución, la nación estaba integrada por 23 estados y un territorio federal. Nuevo León se fusionó con Coahuila , adoptándose este último nombre. También se produjo la creación de un nuevo estado y la admisión de tres de los cuatro territorios como estados libres de la federación.
El único territorio federal era Baja California . Asimismo, la Ciudad de México era llamada Estado del Valle de México pero sólo si los poderes de la Federación se trasladaban a otro sitio. El 26 de febrero de 1864, Nuevo León se separó de Coahuila y recuperó su condición de estado libre. [49]
En diciembre de 1856, el papa Pío IX denunció la nueva Constitución y criticó la Ley Juárez y la Ley Lerdo : "Se suprimen todos los privilegios de la jurisdicción eclesiástica; se establece que nadie puede gozar en forma absoluta de emolumentos que sean una carga grave para la sociedad; se prohíbe a todo aquel que pueda vincularse por alguna obligación que implique ya sea contrato, ya promesa, ya votos religiosos; se admite el libre ejercicio de todos los cultos, y se concede a todos la plena facultad de manifestar pública y abiertamente toda clase de opiniones y pensamientos". En marzo de 1857, el arzobispo José Lázaro de la Garza y Ballesteros declaró que los católicos no podían jurar fidelidad a la Constitución bajo pena de excomunión . [4] [50]
El ministro de Justicia, Ezequiel Montes, se reunió en la Santa Sede con el cardenal secretario de Estado. El Papa aceptó la Ley Juárez y las disposiciones de la Ley Lerdo, pero exigió la posibilidad de adquirir derechos políticos. Las negociaciones se interrumpieron por la renuncia del presidente Comonfort. [4]
En México, el Congreso presidido por Valentín Gómez Farías y el titular del Ejecutivo Comonfort juramentaron la Constitución el 5 de febrero de 1857, la cual fue promulgada el 11 de marzo. A pesar de que Comonfort ganó las elecciones, y que en diciembre debía prorrogar su mandato para un nuevo periodo presidencial, consideró que su popularidad se vio seriamente afectada por las reformas constitucionales en materia religiosa. En diciembre manifestó su intención de revertir las reformas logradas por el Poder Legislativo.
Los conservadores comenzaron a planear un golpe de Estado. Un general conservador, Félix María Zuloaga , renegó de la Constitución. El 17 de diciembre de 1857 proclamó el Plan de Tacubaya , que buscaba la derogación de la Constitución y la convocatoria de un nuevo Congreso Constituyente. Durante el golpe contra el Congreso y la Constitución, varios ministros del Gabinete Presidencial renunciaron. El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , Benito Juárez , y el presidente del Congreso , Isidoro Olvera, fueron hechos prisioneros.
El 19 de diciembre, el presidente mexicano Ignacio Comonfort se adhirió al plan: "Yo sólo cambio mi título legal de presidente, por los de revolucionario miserable". [4] Los estados de México , Puebla , San Luis Potosí , Tlaxcala y Veracruz acordaron el plan. Veracruz pasó de apoyar a los conservadores a los liberales en un duro golpe contra Comonfort. Zuloaga desconfiaba del presidente, porque pensaba que volvía al lado de los liberales. Sin otra alternativa, Comonfort recurrió a los puros y liberó a Juárez y otros presos políticos. El 11 de enero de 1858, Comonfort dimitió y partió con una guardia hacia Veracruz . El 7 de febrero, zarpó hacia el exilio en Estados Unidos. Como jefe de la Suprema Corte, Juárez se convirtió en presidente de México el 21 de enero de 1858. [51]
Los conservadores se negaron a reconocer la nueva constitución o el gobierno liberal. El conservador Félix Zuloaga estableció un gobierno conservador en la Ciudad de México ; mediante la promulgación de Cinco Leyes derogó las reformas liberales. Los liberales se vieron obligados a trasladar la sede del gobierno a Guanajuato . Los ejércitos de los dos gobiernos opuestos se enfrentaron en la Guerra de Reforma .
Los estados de Jalisco , Guanajuato , Querétaro , Michoacán , Nuevo León , Coahuila , Tamaulipas , Colima y Veracruz apoyaron al gobierno liberal de Benito Juárez y la Constitución de 1857. Estados de México , Puebla , San Luis Potosí , Chihuahua , Durango , Tabasco , Tlaxcala , Chiapas , Sonora , Sinaloa , Oaxaca y Yucatán apoyaron al gobierno conservador de Zuloaga. [51]
Después de que el gobierno liberal ganó la Guerra de Reforma , el presidente Juárez y su gobierno agregaron a la Constitución de 1857 las Leyes de Reforma que se habían promulgado en Veracruz . Debido a la guerra civil, la Constitución permaneció sin efecto en casi todo el país hasta enero de 1861, cuando los liberales regresaron a la capital. En 1862, como resultado de la Guerra Franco-Mexicana y el establecimiento del Segundo Imperio Mexicano , la Constitución fue suspendida. En 1867, las fuerzas liberales republicanas lograron derrocar a la monarquía y restaurar la República y poner en vigor la constitución. [52]
La facción ganadora de la Revolución Mexicana , los Constitucionalistas, lucharon en nombre de la Constitución de 1857, con el entendimiento explícito de que luchaban por el orden constitucional. Durante el Porfiriato, Díaz había fortalecido el poder del ejecutivo y colocado a sus leales en el poder en la mayoría de los gobiernos estatales mexicanos, creando un gobierno centralizado. Los críticos de Díaz lo vieron como un dictador. El 5 de febrero de 1903, un grupo liberal que protestaba contra el régimen colocó en el balcón de las oficinas del periódico El hijo de El Ahuizote una gran pancarta negra de duelo con la leyenda "La Constitución ha muerto". Menos conocido es que los liberales reformistas, incluidos Benito Juárez e Ignacio Comonfort, vieron los defectos de la constitución de 1857, que socavaban el poder del ejecutivo. Con el triunfo de los constitucionalistas en el campo de batalla, hubo una reevaluación del marco constitucional. Venustiano Carranza inicialmente se opuso a los pedidos de redactar una constitución completamente nueva en 1916, pero sus asesores lo convencieron de que hacerlo sería mucho más fácil que introducir modificaciones fragmentadas a la larga y compleja carta de la nación.
El amparo tuvo su origen a principios del siglo XIX, cuando el estado de Yucatán adoptó un procedimiento para fortalecer la aplicación judicial de los derechos individuales en la constitución estatal de 1841.
Rejón fue entonces decisivo para colocar el amparo inaugural en la Constitución Política del Estado de Yucatán en 1841.
La Ley de Reformas derivó sin duda de una propuesta elaborada por otro insigne jurista y político mexicano, Mariano Otero, considerado el segundo Padre del amparo.
En 1847 se nombró un comité de seis miembros para redactar un proyecto de nueva Constitución Federal. Rejón, de Yucatán, fue designado como miembro; y Mariano Otero, que compite con Rejón por el título de creador de la acción de amparo, fue otro miembro.
Tomando prestada la Constitución de Yucatán, la propuesta de Mariano Otero de incluir el amparo en el nivel federal fue aprobada casi universalmente en el Acta Constitutiva de Reformas de 1847.
El artículo 25 del nuevo documento constitucional contenía una disposición conocida como la "Fórmula Otero" que disponía que la protección otorgada por la sentencia de amparo no debía contener declaraciones generales sobre la ley o el acto denunciado; es decir, una sentencia de amparo que declare inconstitucional una ley no tendrá ningún efecto más allá de impedir la aplicación de la ley constitucionalmente defectuosa a la parte inmediata denunciante. Este aspecto del procedimiento de amparo persiste hasta el día de hoy.
El amparo se encuentra definitivamente establecido y claramente descrito por primera vez en la Constitución Federal Mexicana de 1857. No se hizo mención alguna de él en la primera Constitución de la nueva nación en 1824.
amparo
en México
.
El procedimiento mediante el cual se extiende la protección judicial se denomina amparo.
La palabra amparo significa literalmente protección, favor o ayuda.
Se le conoce como amparo, término que literalmente significa protección, favor, ayuda o defensa.
Según el juez Rabasa, los autores de la Constitución [mexicana] de 1857 dividieron en dos partes el artículo sobre la jurisdicción del poder judicial, que corresponde a la única disposición sobre el mismo tema en nuestra propia Constitución [estadounidense]. Esta separación de jurisdicción no fue un descuido sino un acto deliberado de parte de los redactores. ... Estipula que, si bien se prevé que el
amparo
puede solicitarse para protegerse contra la violación de los privilegios otorgados por la Constitución, no puede emitirse para mantener el respeto a los tratados y leyes. ... Estos problemas, entonces, no se abordarían a través de un juicio de amparo.
La Constitución de 1857 también disponía que posteriormente se promulgara una ley especial relativa al procedimiento y la reglamentación de una demanda de amparo.
Esta ley de amparo se dividió en cuatro secciones que trataban respectivamente de: (1) violaciones de los derechos de los individuos; (2) leyes y actos federales que violaran la soberanía de los estados; (3) leyes y actos de los estados que infringieran el poder de la Unión; y (4) decisiones y sentencias.
La primera Ley de Amparo tuvo poco efecto, debido a la intervención francesa, y finalmente fue sustituida por las Leyes de Amparo posteriores de 1869 y 1882.
Sin embargo, no se adoptó ninguna ley procesal que regulara la demanda hasta 1861;16 y su aplicación se retrasó aún más durante varios años, primero por la guerra en la que estaba involucrada la nación entonces, y más tarde por el establecimiento del Imperio, bajo Maximiliano de Austria, que suspendió el gobierno constitucional.
Sin embargo, no se adoptó ninguna ley procesal que regulara la demanda hasta 1861; y su aplicación se retrasó aún más durante varios años, primero por la guerra en la que estaba inmersa la nación entonces, y más tarde por el establecimiento del Imperio, bajo Maximiliano de Austria, que suspendió el gobierno constitucional.
Esta ley era más sencilla en su procedimiento, estableciendo una única demanda que se juzgaría en un procedimiento sumario por los juzgados de distrito del poder judicial federal.
La tercera ley reguladora del procedimiento de amparo fue promulgada el 14 de diciembre de 1882,19 y entró en vigor el año siguiente.
Puede tomarse como una indicación de la actitud del Gobierno hacia el individuo y también como una justificación de la necesidad de tal remedio que, mientras que en 1869 solo se decidieron 123 de tales demandas, en 1880, solo un poco más de una década después, el número de casos "había aumentado a 2.108". Estas cifras son dadas por Isidro Rojas, quien también afirma que en un período de tres meses de junio a agosto de 1901, se escucharon y decidieron 957 demandas de amparo.
Cuando en 1897 se promulgó el Código Federal de Procedimientos Civiles, éste incluyó entre sus contenidos disposiciones sobre el juicio de amparo, derogando así en la práctica la ley especial de 1882.
Disposiciones similares también se incluyeron en el Código Federal de Procedimiento Civil de 1908.
Estas leyes fueron incorporadas posteriormente a los Códigos Federales de Procedimientos Civiles de 1897 y 1908 que reflejaban la jurisprudencia de la Suprema Corte. El recurso de amparo se transformó así de un instrumento carente de contornos precisos a un verdadero procedimiento dirigido contra los actos oficiales violatorios, con particular énfasis en la protección de la vida y la libertad de los ciudadanos.
La Constitución de 1857 sirvió como un modelo importante para la actual Constitución de 1917. Entre otros elementos, estableció una base firme para el procedimiento de amparo que se ha convertido en una característica importante del proceso judicial mexicano.
La constitución actual, conocida en gran medida como la Constitución de 1917, no comenzó desde la tabla rasa, ya que sigue en gran medida la constitución de 1857 en orden de artículos y texto, aunque, a veces, aumenta y aclara ciertas cláusulas.
A pesar de la dificultad para definir el alcance del amparo, otras democracias hemisféricas nacientes lo adoptaron y ahora existe en otros 17 países. Sirve como un recurso extraordinario y no existe ningún mecanismo comparable en la tradición del derecho consuetudinario.
El amparo es un recurso extraordinario en el sistema de justicia mexicano, sin equivalente en la tradición del common law.