Vicepresidente del Paraguay

La Constitución de 1870 instaló el cargo con carácter permanente, asignándole también la presidencia del Congreso Nacional y la del Senado.

Recién en 1992, con la nueva Constitución, se reinstaló la posición de vicepresidente de la República dentro del esquema institucional político.

Además, debe reemplazar al presidente "en caso de impedimento o ausencia temporal (sea por viaje debido a asuntos oficiales u otros motivos)" o, hasta completar el período presidencial en caso de vacancia definitiva (art.

227.°), la cual podría darse por destitución, renuncia, enfermedad grave o muerte.

Es electo mediante voto libre y secreto, en la misma papeleta en donde figura el presidente y dura en sus funciones cinco años, al igual que el mismo.