Las regalías mineras son el pago que se le hace al Estado por el uso o extracción de ciertos recursos naturales metálicos y no metálicos, por lo general no renovables.
[3] Se calculan sobre la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera, considerando los trimestres calendarios siguientes: enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre y octubre-diciembre.
[3] Los pequeños productores y mineros artesanales no pagan regalías.
Por este motivo se aplica la definición de empresas vinculadas contemplada en el inciso b) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta.
[4] Las empresas que han suscrito este convenio son:[4] Estos contratos vencían entre 2005 y 2014 pero cinco empresas ampliaron sus concesiones durante los gobiernos de Toledo, Alan García y Ollanta Humala.