Recurso de amparo (España)

[1]​ Este es un recurso de carácter subsidiario, en tanto en cuanto se prevé como “último remedio”, pues la sede natural (y primera) para su subsanación será la jurisdicción ordinaria.Para aplicar estas medidas, debe concederse audiencia a las partes y al Ministerio Fiscal por plazo común de tres días (artículo 56), y podrá solicitarse informes o imponerse fianzas o cauciones.Los artículos 51 y 52 LOTC regulan el procedimiento del recurso de amparo: Uno.Recibidas las actuaciones y transcurrido el tiempo de emplazamiento, la sala dará vista de las mismas a quien promovió el amparo, a los personados en el proceso, al Abogado del Estado, si estuviera interesada la Administración Pública, y al Ministerio Fiscal.La vista será por plazo común que no podrá exceder de veinte días, y durante el podrán presentarse las alegaciones procedentes.