Función Judicial

[1]​ La Función Judicial está conformada por órganos jurisdiccionales, auxiliares y autónomos.

Los órganos autónomos son la Defensoría Pública y la Fiscalía General del Estado.

La Corte Nacional de Justicia está integrada por 21 jueces, quienes se organizan en salas especializadas.

No pueden ser reelectos y se renuevan por tercios cada tres años, y de entre ellos eligen un presidente, quien a su vez representará a toda la Función Judicial.

En los cantones de menor población se organizan unidades judiciales multicompetentes, mientras que en los cantones cuyas cabeceras cantonales son grandes ciudades existen unidades judiciales especializadas en cada material (penal, civil y mercantil, laboral, de familia, etc.).

En ningún caso pueden disponer la privación de la libertad ni prevalecerse sobre la justicia indígena.

Deben utilizar mecanismos de conciliación, diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la Constitución.

Son elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permanecen en funciones hasta que la propia comunidad decida su remoción, de acuerdo con la ley.

La Defensoría Pública es uno de los órganos autónomos de la Función Judicial cuya finalidad es proveer asistencia y representación jurídica a personas que no pueden acceder a los servicios de abogados privados, con lo cual se garantiza que todas las personas puedan tener acceso a una defensa técnica.

Palacio de Justicia de Guayaquil, sede de la Corte Provincial de Justicia del Guayas
Edificio Montecristi, una de las sedes de la Fiscalía Provincial del Guayas y Galápagos, en la ciudad de Guayaquil .