Obligación acumulativa, cumulativa, conjuntiva o de simple objeto múltiple es aquella obligación en que la prestación está formada por dos o más objetos, debiendo entregarse todos ellos para que la obligación se estime cumplida.
[1] La obligación no estará cumplida mientras no se satisfagan todos los objetos debidos.
[2] La obligación acumulativa se caracteriza por la conjunción copulativa «y».
Por ejemplo, el deudor debe a su acreedor una vaca y un caballo.
Las obligaciones acumulativas constituyen la regla general en materia de obligaciones compuestas, dado que a las obligaciones facultativas y alternativas les conciernen modalidades (son accidentales y excepcionales).