Ministro de Asuntos Exteriores de España

[2]​ En materia de tratados internacionales, el ministro de Asuntos Exteriores posee plenos poderes para representar al país, negociar, adoptar y autenticar tratados, así como para manifestar el consentimiento de España en obligarse por ellos.Ejemplo de ello era que los nuevos ministros del gabinete real juraban su cargo ante este primer ministro.[4]​ Este cargo era nombrado de forma discrecional por el rey y, era tal su influencia sobre el monarca y la administración que, para principios del siglo XIX, su departamento no solo abarcaba las relaciones internacionales, sino también todo tipo de materias de gobierno interior, tanto relacionadas con la familia real, como con correos, carreteras y caminos, beneficencia, sanidad, educación, artes y ciencias, entre otras.Dependen directamente del Ministro los siguientes órganos superiores y directivos:[6]​ Asimismo, el titular del Ministerio de Asuntos Exteriores cuenta con un Gabinete personal, con rango de Dirección General, para prestarle el apoyo político y técnico que precise, y una División de Estrategia y Prospectiva, para realizar estudios, análisis y anticipaciones de hechos futuros en el escenario internacional.[7]​ De acuerdo con la Constitución, el ministro de Asuntos Exteriores, como miembro del Gobierno, está sometido a control parlamentario y debe asistir a las sesiones de control y comisiones parlamentarias en las que se requiera su presencia.