Las Encartaciones

Las Encartaciones (en euskera: Enkarterri) es una comarca de Vizcaya, en la comunidad autónoma española del País Vasco.En el pasado se dio cierta prolongación encartada en la anteiglesia de Baracaldo; y en varias ocasiones han pretendido oriundez vizcaína lugares afines a las Encartaciones, como el valle de Mena e incluso Basauri[cita requerida].Hay restos prehistóricos importantes en las Encartaciones en yacimientos de Ventalaperra (Carranza) y Arenaza (Galdames).En realidad, existen dos zonas lingüísticas bastante bien definidas en la comarca: una al oeste, formada por los municipios de Valmaseda, Carranza, Lanestosa, Trucíos y Arcentales, donde no está constatada la presencia histórica de la lengua vasca, y otra al este, en el resto de los municipios, donde existen pruebas históricas y toponímicas que atestiguan el uso del euskera.Así pues, las Encartaciones han sido durante toda la historia la comarca castellanoparlante por antonomasia de Vizcaya, debido a su posición geográfica extrema cercana a Castilla, cuya cultura ha influido y formado una idiosincrasia propia en Las Encartaciones como fruto de la confluencia de las dos tradiciones culturales: castellana y vasca.Este sistema se desplomaría tras un siglo con la llegada de los africanos de Tariq y Muza, que reducirían a las jerarquías toledanas a limitados refugios en las actuales Asturias y Galicia.En plena Edad Media, Las Encartaciones mostraban una realidad más compleja que la del resto de Vizcaya, estando divididas en diversos señoríos feudales, vinculados primero a la monarquía asturiana y, luego, a la castellana.Ya para el siglo XIII, los Haro controlaban de forma evidente Las Encartaciones.Así que si bien se tiene que en las Juntas Generales, Las Encartaciones también eran representadas por un síndico, esto en cuanto a los Regimientos Generales (aunque en realidad no acudía todos; había por ejemplo los Regimientos Generales de la Tierra Llana en la que no tenía representación, por no pertenecer a ella) y en las Juntas de Merindades.En la eminencia de Avellaneda, junto a la famosa torre de este nombre, se alzaba un árbol santo bajo el que se congregaban los primitivos encartados para legislar y gobernar sus repúblicas.En principio, las diez pequeñas repúblicas se gobernaban con una administración simple y elemental, de costumbres y uso, reuniéndose en Concejo abierto previa convocatoria de vecinos, que presidían los más ancianos, versados o entendidos.Estos Concejos llegaron a ser entidades perfectamente constituidas y organizadas, cuyas asambleas se celebraban con solemnidad.Desde la cumbre del monte Coliza, equidistante de Arcentales, Galdames, Gordejuela y Trucios, se convocaba a toque de cuerno y con una hoguera, encendida para el caso, a la Junta General.Por último, ya desde 1596 se opta para que solo asistan a ella «los oficiales de la junta que tuvieran voto», y aunque costó algún tiempo, llegó a conseguirse.Antes de celebrarse la Junta se decía misa en la capilla del Ángel.Con el establecimiento del Corregimiento en Vizcaya y de sus Tenientes Generales en 1401, existió un Teniente General o Alcalde Mayor que no podía ser vizcaíno, sino de la otra banda del Ebro.Entre las penas que se prescriben, además de la de muerte (en ocasiones por motivos no proporcionados), he aquí algunas: cortar el puño de la mano derecha al que levante ruido y sacase armas mientras se celebraba Junta o Concejos públicos; arrancar públicamente los dientes, de cada cinco uno, al testigo falso; hacer tres cruces en el rostro con un hierro candente, una en la frente y una en cada faz por el delito de bigamia; cortar al ladrón las orejas a raíz del casco o la hoguera por brujería.Este Fuero tan inhumano fue reformado bajo los auspicios del corregidor Francisco Pérez Vargas en el año 1503, constando el nuevo Fuero de 112 artículos con su correspondiente proemio, que comienza así: Este Fuero reformado no es ya un código exclusivamente penal, la parte civil es la más extensa.El Fuero reformado no tuvo mucha vida (setenta años y poco más), pues en 1574, reunidos los encartados en la Junta de Avellaneda, acordaron que se guardase en Las Encartaciones en toda su integridad el Fuero de Vizcaya que había sido redactado por última vez en 1526, lo que no se hizo sin dificultades.Desde esta fecha La Encartación contó con dos Fueros, si bien el antiguo se redujo a mero documento, observándose el Fuero de Vizcaya, sin menoscabo del propio gobierno y jurisdicción de la Encartación.Se volvió a suscitar el año 1629 la cuestión por parte del Señorío, pero la Junta de Avellaneda decretó que «a la dicha Encartación no le estaba bien dicha unión y se haga la contradicción necesaria».Oposición tan decidida no procedía, sin embargo, de todos los Concejos.En las actas del año 1639 del Concejo de Trucios se da la explicación: Sin duda, no pensaban lo mismo las cinco repúblicas que solicitaron la unión con la Junta de Guernica.Así quedan en el estado en que estaban con respecto al conjunto de Las Encartaciones.Los intentos autonomistas en las Encartaciones nacieron en Portugalete, como oposición al Estatuto Vasco-Navarro de Estella, aprobado por nacionalistas vascos y tradicionalistas.Del mismo modo, la base primera asienta el poder político regional en la Constitución de la República.En la base tercera, se establece la administración local y la organización de los municipios.Toda esta bibliografía se puede consultar en la Biblioteca Foral de Vizcaya.
Torre Ibargüen en Gordejuela
Casa de Juntas de Avellaneda
San Miguel de Linares ( Arcentales ).
Escudo de Las Encartaciones (hoy de Sopuerta ). Escudo partido de Castilla y de Vizcaya , rodeado por el Toisón de Oro y por timbre una corona condal .
Ayuntamiento de Valmaseda
Palacio de Justicia de Valmaseda , cabeza del partido judicial
Casa de Juntas de Avellaneda.
El monte bocinero Coliza.
Sopuerta