Horacio Rodríguez Larreta (procurador)

Pertenecía a una familia pudiente y se recibió de abogado en la Universidad de Buenos Aires en 1898 con una tesis sobre La reforma constitucional que fue publicada al año siguiente.

En 1911 ascendió a fiscal de la Cámara de Apelaciones y en esas funciones en ocasiones tuvo que dictaminar como sustituto del procurador general.

Pero, cabe también significar que dentro de nuestra Constitución no existen derechos absolutos, en la acepción lata del término.

Todos los derechos individuales reconocidos y consagrados por la Constitución Nacional están sujetos a las limitaciones o modificaciones que los derechos de la sociedad imponen, es decir, a un poder de reglamentación con fines de conveniencia social y seguridad común, como que el bienestar y prosperidad general es precisamente uno de los primordiales objetivos de todo estatuto constitucional y particularmente del nuestro, según reza con toda claridad su propio preámbulo.

"[5]​ Fragmento del fallo Ercolano contra Lanteri Renshaw, publicado en el año 1922.