La Constitución, como Ley Suprema del Estado, contiene los fundamentos de dichas instituciones y orienta su actuación.
Por ello es adecuado tomarla como punto de arranque, siguiendo la doble división de la carta magna: por un lado la parte dogmática, en la que se explican los derechos individuales y sociales, y por otro lado, la parte orgánica, en la que se exponen la organización y funciones del gobierno.
Este hecho evidencia la evolución política que ha predominado a lo largo de su historia.
En ella se estableció asimismo un órgano legislativo bicameral, con una cámara de diputados y un senado.
Además se prohibió que los eclesiásticos pudieran optar a cargos de elección popular.
La Constitución de 1871 es la primera que prescribe la tolerancia al culto público de confesiones cristinas no católicas, siempre y cuando no ofendiesen la moral y el orden públicos.
En la Constitución de 1883 se reconoció por primera vez, sin establecer una religión oficial, la libertad de culto sin más límites que el trazado por la moral y el orden público.
La última Constitución aprobada ha sido la de 1983, emitida en un momento histórico caracterizado por el conflicto armado interno y en que la Asamblea Constituyente que la redactó estaba conformada por representantes pertenecientes a los partidos de derecha y de la democracia cristiana, mientras que la izquierda, que se había negado a participar en las elecciones para elegir los miembros de dicha asamblea constituyente, se encontraba en plano enfrentamiento político y militar con el gobierno y la Fuerza Armada.
Consta de dos grandes aparatos: a) la parte dogmática, en la que asume un estilo garantista que une en primer término los derechos individuales, aunque reconoce los derechos sociales, y b) la parte orgánica, en la que se organiza y ordena el Estado y sus órganos e instituciones.