Un gabinete o consejo de ministros es un órgano colegiado gubernamental cuya función principal es dirigir los distintos ministerios o departamentos en los que se organiza la administración pública del poder ejecutivo en un país u organización, así como asesorar al jefe de Gobierno en algunos gobiernos.
[1]Todos los países del mundo poseen uno que varían en su designación oficial tal como gabinete legal, consejo de Estado, consejo ejecutivo, comisión ejecutiva, etc.[2] Es designado, en la mayoría de los sistemas, por el mismo jefe de Gobierno, que tiene denominaciones como «presidente» o «primer ministro», entre otras más según sea la forma de gobierno, aunque, en repúblicas parlamentarias, semipresidencialistas, y monarquías constitucionales, es común que, en mayor o menor medida, sean designados, ratificados o propuestos por el órgano en el que se deposita el poder legislativo (con designaciones varias como congreso, parlamento o asamblea).
De este modo, el Presidente obtiene opiniones y consejos relacionados con las próximas decisiones.
Tanto en los sistemas presidenciales como en los parlamentarios, los funcionarios del gabinete administran los poderes ejecutivos, las agencias gubernamentales o los departamentos.
Así, a menudo la mayor parte de la nueva legislación tiene su origen en el gabinete y sus ministerios.
Sin embargo, actualmente es una práctica común que todos los ministros pertenezcan al gabinete.
En muchos países (como Irlanda, Suecia y Vietnam) el término «gobierno« se refiere al cuerpo de ministros ejecutivos; los órganos más amplios del Estado tienen otro nombre.
Sin embargo, muchos países llaman simplemente gabinete a su máximo órgano ejecutivo, como Israel, Estados Unidos, Venezuela y Singapur, entre otros.
Por esta época surgió el uso de cabinet asociado a pequeños consejos tanto en Inglaterra como en otros lugares como Francia e Italia.
Por estas razones, en los sistemas presidencialistas, el consejo de ministros puede acabar asumiendo una función esencialmente simbólica, reuniéndose solo en casos especiales.
Los consejos de ministros también se pueden clasificar entre aquellos cuyas decisiones se traducen en actos jurídicos formales (propuestas de ley, resoluciones, nombramientos, etc.) y entre aquellos que asumen solo decisiones políticas de carácter general que, después, se traducen en actos jurídicos llevados a cabo por otras entidades (como los ministros a título individual).