El fiscal general es quien preside al Ministerio Público de la Federación y a sus órganos auxiliares, que son la Agencia de Investigación Criminal, las fiscalías especializadas, la policía investigadora y los peritos.
[7][8] El organismo, bajo esta denominación, contaba ya con antecedentes históricos que lo habían ligado como uno de los depositarios del Poder Judicial de la Federación en todos los regímenes constitucionales del país.
Formar parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública como entidad autónoma.
Para efectos del acceso a la información pública, la Fiscalía General se regirá bajo el principio de máxima publicidad en los términos de la Constitución, no obstante, se reservará la información cuya divulgación pueda poner en riesgo la seguridad de las personas que intervienen en un procedimiento penal o las investigaciones que realice la persona agente del Ministerio Público de la Federación y mantendrá la confidencialidad de los datos personales, en los términos que disponga el Código Nacional, otras disposiciones aplicables y la presente Ley.
Hacer del conocimiento de la sociedad los instrumentos jurídicos a que refiere la presente Ley, los que serán publicados gratuitamente en el Diario Oficial de la Federación.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Fiscalía tiene la siguiente estructura orgánica.
La votación se definió con una terna que incluyó también a Eva Verónica de Gyvez Zárate y a Bernardo Bátiz Vázquez.