Corte Constitucional de Colombia

Los procesos que se adelanten ante la Corte Constitucional en las materias a que se refiere este título, serán regulados por la ley conforme a las siguientes disposiciones: Este se rige por la unificación del reglamento interno de la corte, el acuerdo 2 de 2015.

Los magistrados de la Corte Constitucional no podrán ser reelegidos".

En el artículo 14, se hace referencia al nombrambiento: "Los Magistrados Auxiliares son empleados de libre nombramiento y remoción del respectivo Magistrado.

Su confirmación en el cargo corresponderá a la Sala de la Corporación".

Estos cargos no requieren confirmación" (negrilla fuera de texto).

En el capítulo V del reglamento interno de la corte, en el artículo 17, se establecen las funciones del secretario general: "Son funciones del Secretario General, que ejercerá conforme a las instrucciones del Presidente de la Corte, las siguientes: La Doctora Martha Victoria Sáchica Méndez, Abogada de la Universidad del Rosario, ha sido la secretaria general de la Corte Constitucional desde febrero de 1992.